A., E. -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL A., E. s/ HOMICIDIO AGRAVADO, ABUSO SEXUAL, HOMICIDIO CALIFICADO Y OTROS- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD
La Corte Suprema de Justicia de la Provincia rechazó la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad interpuesto contra un acuerdo que confirmó la sentencia condenatoria contra E. J. A. por homicidio agravado, argumentando que los agravios no lograron configurar una cuestión constitucional.
- Quién demanda: La Defensa de E. J. A.
¿A quién se demanda?
La Cámara de Apelaciones en lo Penal de la Segunda Circunscripción Judicial.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La declaración de inconstitucionalidad del acuerdo que confirmó la sentencia condenatoria y la valoración arbitraria de pruebas y violaciones al principio "in dubio pro reo".
¿Qué se resolvió?
La Corte Suprema rechazó la queja por no haberse demostrado la existencia de una cuestión constitucional, considerando que los agravios de la defensa eran valoraciones parciales sin configuración de arbitrariedad o violación constitucional.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El Tribunal de Alzada partió por analizar el cumplimiento de los requisitos formales, advirtiendo que el escrito recursivo no satisfacía las condiciones de autosuficiencia que exige el artículo 3 inciso 2 de la ley 7055 en tanto los agravios de la impugnante revelaban sólo una valoración parcializada de los elementos reunidos, con mención únicamente de los sucesos ocurridos durante la investigación que hacían a su teoría del caso, mas omitiendo hacerse cargo de los argumentos brindados por los Magistrados para dar respuesta a cada uno de esos planteos."
"En concreto, repararon los Camaristas que en el libelo recursivo la presentante acusaba prescindencia de valoración de la prueba con la que se había pretendido acreditar la presencia de A. en otra ciudad al momento del hecho, desatendiendo que el resolutorio puesto en crisis había dedicado prácticamente ocho fojas al análisis de tal cuestión, ponderando cada prueba tanto de manera individual como conjunta."
"Así, pues, evidenciaron los Jueces que la interesada se limitaba a reiterar su posición y a quejarse por un tratamiento injusto, sin rebatir los profusos argumentos expresados sobre el particular."
"Similar observación mereció la alegada falta de comprobación de un vínculo entre quienes fueran hallados responsables del homicidio de J. F.. Es que los Magistrados mostraron que tal cuestión había sido objeto de pormenorizado tratamiento en su oportunidad, dando cuenta del constatado conflicto faccional entre la banda de F.-U. y la de S.-C., y recordando que del copioso material relevado surgía que mientras la víctima pertenecía al primer grupo, ambos imputados -A. y S.
- presentaban verificada ligazón al bando contrario."
"Asimismo, los Jueces memoraron las razones que los habían determinado a desestimar los cuestionamientos defensivos dirigidos contra la fuerza convictiva asignada por el Tribunal de Juicio al testimonio de B. A.. Refirieron al tratamiento dado a la crítica relativa a su adscripción a la
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: