PANIZZA, HECTOR c/ ASOCIART ART S.A. -DEMANDA LABORAL- s/ RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (CONCEDIDO POR LA CAMARA)
La Corte Suprema de Santa Fe declaró procedente y admitió el recurso de inconstitucionalidad interpuesto contra la declaración de inconstitucionalidad del artículo 12 de la ley 24557. Anuló la sentencia de la Cámara de Rosario y ordenó remitir los autos para juzgar nuevamente, fundamentándose en la insuficiencia de fundamentación y en precedentes de la Corte Nacional.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La Cámara de Apelación en lo Laboral de Rosario declaró admisible y procedente un recurso de inconstitucionalidad promovido por Asociart ART contra la sentencia que declaró la inconstitucionalidad del artículo 12 de la ley 24557, que regula el cálculo indemnizatorio en materia de riesgos del trabajo.
- La Cámara sostuvo que la declaración oficiosa de inconstitucionalidad y la consideración de salarios actuales para el cómputo del rubro indemnizatorio vulneraba derechos constitucionales, y que la norma en cuestión carecía de fundamentación suficiente, además de aplicar una norma posterior (ley 26773) para el cálculo, lo cual consideró inconstitucional y retroactivo.
- La Corte Suprema confirmó la admisibilidad del recurso, argumentando que la decisión de la Cámara se basó en un análisis que requiere revisión, dado que la declaración de inconstitucionalidad fue hecha oficiosamente sin acreditar perjuicio concreto y que la resolución no contaba con suficiente fundamentación sobre las circunstancias particulares del caso.
- La Corte resaltó que la jurisprudencia nacional ha convalidado la declaración de inconstitucionalidad del artículo 12 de la ley 24557 en casos donde existió perjuicio concreto, pero en este caso, la norma no fue aplicada a un caso con perjuicio acreditado, por lo que la declaración de inconstitucionalidad por parte de la Cámara no estaba suficientemente fundamentada.
- En consecuencia, la Corte Suprema declaró procedente el recurso, anuló la sentencia de la Cámara y ordenó que los autos vuelvan al tribunal subrogante para una nueva resolución conforme a los lineamientos analizados, con costas al vencido.
- La fundamentación principal del tribunal fue que la declaración de inconstitucionalidad debe estar fundada en circunstancias concretas del caso y no en consideraciones abstractas o de equidad, y que la aplicación retroactiva de la norma, sin acreditar perjuicio, vulnera garantías constitucionales.
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