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CURIONI, ROBERTO c/ NOVARA, JUAN ALBERTO -SENTENCIA COBRO DE PESOS-RUBROS LABORALES- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD

La Corte Suprema de Santa Fe rechazó por extemporánea la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad interpuesto contra una sentencia del Tribunal de Rosario. La resolución se basó en que el recurso fue presentado fuera del plazo legal de tres días.

Recurso de queja Sentencia Inconstitucionalidad Extemporaneidad Plazo legal Denegacion Jurisdiccion Corte suprema. Camara de apelacion Rosario


- Quién demanda: La parte actora (quejosa)

¿A quién se demanda?

La Corte Suprema de Santa Fe

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La admisión de la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad contra sentencia de la Cámara de Apelación en lo Laboral de Rosario

¿Qué se resolvió?

La Corte rechazó la queja por extemporánea, al haber sido presentada fuera del plazo legal de 3 días, tras la notificación del rechazo del recurso de inconstitucionalidad a la parte actora el 29 de diciembre de 2022 y su presentación el 15 de febrero de 2023.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El recurso de queja es un remedio autónomo que debe cumplimentar para su admisión recaudos formales propios, entre los que se encuentra la presentación temporánea. Que en el caso, efectuado el examen de admisibilidad que por mandato legal debe realizar esta Corte (artículo 8, ley 7055), se advierte incumplido dicho requerimiento, motivo por el cual el recurso directo habrá de rechazarse, habida cuenta que tal exigencia es inherente a la existencia o no de jurisdicción hábil al efecto de la potestad de dictar sentencia por este Tribunal." "Teniendo en cuenta que se impugna una sentencia de la Sala Tercera de la Cámara de Apelación en lo Laboral de Rosario, la queja debió haberse interpuesto dentro del plazo de tres días (más uno de gracia); pero entre la notificación del rechazo y la presentación transcurrió un plazo superior al previsto legalmente (arts. 356, 2do. párrafo, 70 del Código Procesal Civil y Comercial; art. 13, ley 7055)." "Es patente que dicho remedio ha sido deducido extemporáneamente ya que entre ambas fechas transcurrió un término superior al previsto legalmente." "Por las razones expuestas, la Corte RESUELVE: Rechazar la queja interpuesta por extemporánea."

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