PACO, CAMILA AYELEN c/ PROVINCIA DE SANTA FE -DAÑOS Y PERJUICIOS- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD
La Corte Suprema de Santa Fe concede la queja por inconstitucionalidad contra la denegación del recurso de inconstitucionalidad en una causa de daños y perjuicios por responsabilidad extracontractual, argumentando que la resolución del tribunal de origen podría vulnerar derechos constitucionales en la valoración del daño moral y la reparación integral.
- Quién demanda: CAMILA AYELEN PACO
¿A quién se demanda?
Poder Judicial de Santa Fe (Tribunal de origen y Tribunal que intervino anteriormente)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Que se declare la inconstitucionalidad de la resolución que rechazó el recurso de inconstitucionalidad, por considerar que no se fundamentó adecuadamente la cuantificación del daño por privación de vida y las consecuencias no patrimoniales.
¿Qué se resolvió?
La Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe admitió la queja y concedió el recurso de inconstitucionalidad, señalando que la postulación del recurrente tiene suficiente asidero en las constancias del expediente y que puede configurarse una hipótesis de violación del derecho a la jurisdicción. Dispone solicitar la elevación de los autos principales y tramitar el recurso según corresponda.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Dicha apreciación mínima y provisoria, propia de esta instancia, permite entender que la cuestión planteada puede involucrar una vulneración a derechos constitucionales, en particular, al derecho a la jurisdicción y a la reparación integral, en atención a la insuficiencia y posible arbitrariedad en la valoración del daño moral y la suma indemnizatoria otorgada." La resolución del tribunal de origen podría estar vulnerando garantías constitucionales al no fundamentar adecuadamente la cuantificación del daño, especialmente en un caso de daños y perjuicios por pérdida de vida y daño moral a un hijo menor. La Corte destaca que, si bien la resolución fue fundada en la valoración de la prueba y la discrecionalidad del tribunal, el recurso de inconstitucionalidad puede prosperar si existe una posible violación de derechos constitucionales. La admisión del recurso no implica prejuzgar la sustancia del fondo, sino que reconoce la existencia de un posible quebranto constitucional que amerita su análisis profundo. El tribunal de origen y la Cámara de apelaciones, en su análisis, consideraron que los planteos del recurrente eran una reedición de cuestiones ya resueltas y que el recurso extraordinario se dirigía contra la valoración de los hechos y la valoración probatoria, lo cual excede el ámbito del recurso en análisis. Sin embargo, la Corte observa que la cuestión de fondo respecto a la suficiencia y razonabilidad de la cuantificación del daño, especialmente en daños de difícil reparación como la privación de vida, puede estar vulnerando derechos constitucionales y requiere un análisis constitucional profundo. "La decisión de la Sala de rechazar el recurso directo por entender que los agravios no lograban refutar los argumentos del auto denegatorio, no resulta suficiente para excluir la posible vulneración constitucional, por lo cual se admite la queja y se concede el recurso de inconstitucional
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