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Y., P. G. s/ ABUSO SEXUAL AGRAVADO POR ACCESO CARNAL Y CONVIVENCIA s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD

La Corte Suprema de Santa Fe rechazó la queja del Fiscal contra la confirmación de la pena de diez años de prisión por abuso sexual agravado en Rosario. El tribunal consideró que las decisiones de la Cámara fueron fundamentadas y no constituyen arbitrariedad.

Recurso de queja Sentencia penal Fundamentacion judicial Arbitrariedad judicial Revision de pena Valoracion de agravantes y atenuantes Interpretacion del derecho penal Inconstitucionalidad (por queja por denegacion)

Actor: El Fiscal de la Provincia de Santa Fe Demandado: Las Magistradas del Colegio de Cámara de Apelación en lo Penal de Rosario, doctoras Lurati, Hernández y Alonso Objeto: La revisión de la decisión de la Cámara de confirmar parcialmente la sentencia condenatoria y la reducción de la pena, cuestionando la fundamentación y la valoración de agravantes y agravantes específicas. Decisión: La Corte Suprema de la Provincia de Santa Fe rechazó la queja, confirmando la resolución de la Cámara que ratificó la sentencia condenatoria. La Corte consideró que los agravios del Fiscal se limitan a cuestionar la interpretación de los hechos y la graduación de la pena, sin demostrar arbitrariedad ni afectación a mandatos constitucionales.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Los agravios del Fiscal se limitan a cuestionar la interpretación que de los hechos y del derecho aplicable efectuó la Alzada en ejercicio de funciones propias, sin que se avizore la presencia de un supuesto de arbitrariedad o de afectación a mandas constitucionales que justifique la intervención de este Tribunal." "Las Camaristas brindaron las razones a partir de las cuales concluían que la sanción debía ser confirmada. En este sentido, expusieron por qué entendían que coincidían con la decisión de los Jueces de Cámara que intervinieron con anterioridad -de no haber hecho lugar a la reducción de la pena peticionada por la defensa-, y mencionaron las circunstancias relevadas por aquéllos como agravantes y atenuantes en los términos del artículo 41 del Código Penal a fin de respaldar la solución propiciada de convalidar la mensuración realizada." "La cuestión apunta exclusivamente a discutir la interpretación efectuada por el A quo de las pautas de los artículos 40 y 41 del Código Penal tenidas en cuenta para graduar la pena. Y al no lograr el compareciente con sus alegaciones demostrar que lo decidido carezca de suficientes fundamentos dentro de los límites establecidos por las leyes respectivas, los planteos no habilitan -como se anticipó
- la apertura de esta instancia de excepción." "Por ello, la Corte RESUELVE: Rechazar la queja interpuesta." No se incluyen votos en disidencia.

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