D., A. H. -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL D. S. M., L. Y D., A. H. s/ DELITOS CONTRA LA INTEGRIDAD SEXUAL GRAVEMENTE ULTRAJANTE, ETC.-APELACION SENTENCIA CONDENATORIA- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (RECURSO EXTRAORDINARIO PARA ANTE LA C.S.J.N.)
La Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe deniega la concesión del recurso extraordinario interpuesto por la defensa del imputado contra la sentencia del Tribunal de origen, por incumplimiento de requisitos formales en la presentación del recurso. La decisión se fundamenta en que no se evidencian vicios de constitucionalidad en la resolución impugnada.
- Quién demanda: La defensa de A. H. D.
¿A quién se demanda?
La Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La concesión del recurso extraordinario federal contra la sentencia de este Tribunal, que resolvió denegar la queja por incumplimiento de requisitos formales.
¿Qué se resolvió?
La Corte Suprema de Santa Fe denegó la concesión del recurso extraordinario, por considerar que la impugnante no cumplió con los recaudos del artículo 3 de la acordada 4/2007 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El recurso deducido por la defensa de A. H. D. contra la resolución de este Cuerpo registrado en A. y S. T. 324, págs. 495/498 no cumple con los recaudos establecidos en el artículo 3, incisos 'd' y 'e' del reglamento aprobado por la acordada 4/2007 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación al no efectuar la compareciente una crítica prolija y razonada de la sentencia atacada, que refute todas y cada una de las motivaciones enunciadas por el Tribunal Superior de la causa, ni demostrar que medie una relación directa e inmediata de las normas federales invocadas y lo debatido y resuelto en el caso, y que el fallo impugnado sea contrario al derecho esgrimido." "Asimismo, la recurrente en su actual presentación mantiene similar déficit argumentativo al ya apuntado, lo que patentiza su mera insistencia en imponer su propia postura en cuanto a la solución que correspondería dar al caso, mas sin delinear idóneamente un vicio propio del decisorio de este Cuerpo a los fines de demostrar siquiera 'prima facie' la configuración de algún supuesto hábil para franquear esta instancia." "Por ello, resulta inadmisible la vía por incumplimiento de requisitos formales, y no se advierte la existencia de un vicio constitucional que habilite la apertura del recurso federal." La Corte concluye que no se cumplen los requisitos formales del recurso, por lo que se deniega su concesión.
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