CORTARELLO, ANABEL c/ MARTINEZ FRANCESIO, PABLO s/ SENTENCIA COBRO DE PESOS - RUBROS LABORALES
La Cámara de Apelación Laboral en Rosario confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda laboral y rechazó el recurso de nulidad del demandado. La sala revocó la decisión en parte, aceptando las diferencias salariales y manteniendo los demás aspectos del fallo.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La actora, Anabel Cortarello, demanda a Pablo Martínez Francesio por diferencias salariales, rubros laborales y otras sumas reclamadas.
- La demandada, Pablo Martínez Francesio, impugna la sentencia de grado, cuestionando la validez de los reconocimientos laborales, la procedencia de los rubros indemnizatorios, y la valoración de las pruebas.
- La Cámara concluyó que la relación laboral fue acreditada desde antes de la fecha denunciada por el empleador, y que las comisiones percibidas por la actora integran su remuneración, por lo que se ordenó el pago de diferencias salariales desde junio de 2011.
- Se desestimó el recurso de nulidad por no haberse mantenido en esta instancia, y se rechazaron los agravios relacionados con la valoración probatoria, la naturaleza de las sumas y la tasa de interés.
- La Sala confirmó la procedencia de las indemnizaciones, rechazó la impugnación sobre la relación laboral y las sumas no remunerativas, y ordenó las costas al demandado.
- Se fijaron honorarios en el 50% de lo regulado en primera instancia.
FUNDAMENTOS PRINCIPALES:
"De la prueba documental y pericial caligráfica surge que la relación entre actora y demandado es anterior a la fecha denunciada por el empleador. En efecto, la experta concluyó en que las inscripciones de puño y letra obrantes en todos los instrumentos peritados pertenecen al Sr. Martínez Francesio y como puede observarse de los mismos, en muchos las fechas que figuran como 'Sueldo Anabel', 'Anabel %'. '% Anabel'. 'Anabel % Facturación', son anteriores a noviembre de 2010. Conforme lo expuesto, habiéndose acreditado que al momento del despido la relación laboral estaba deficientemente registrada, no sólo en lo que respecta a la fecha de ingreso sino también a la remuneración consignada que era menor a la percibida -cuestión que llega firma a esta instancia-, corresponde desestimar este agravio y confirmar la procedencia de la indemnización prevista por el art. 1° ley 25.323."
"En cuanto a la diferencia salarial pretendida, que el demandado cuestiona en este punto sin fundamento, será analizada al tratar los agravios del actor, pues éste justamente se queja de la base salarial fijada por la jueza de grado... La prueba informativa y pericial en autos revela que la facturación del demandado en 2012, y sus ingresos, superaron ampliamente los montos declarados y registrados, demostrando que percibía sumas superiores a las oficiales."
"Respecto a los agravios sobre la validez de las sumas y la naturaleza
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