G., O. R. -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL G., O. R. s/ ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL AGRAVADO- s/ RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (QUEJA ADMITIDA)
La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe declaró la improcedencia del recurso de inconstitucionalidad contra la sentencia que confirmó una condena por abuso sexual con acceso carnal agravado, considerando que los agravios no demostraron arbitrariedad ni vulneración constitucional. La decisión se fundamentó en la adecuada valoración de las pruebas y en la constitucionalidad de las normas aplicadas.
- Quién demanda: La defensa del imputado O. R. G.
¿A quién se demanda?
La sentencia del Tribunal de Alzada que confirmó la condena de primera instancia.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La declaración de inconstitucionalidad de la sentencia, por supuestos vicios en la valoración probatoria y en la fundamentación del fallo, y la nulidad del pronunciamiento ante alegada arbitrariedad probatoria y omisiones.
¿Qué se resolvió?
La Corte, por mayoría, declaró la improcedencia del recurso, afirmando que los agravios no demostraron que la sentencia vulnerara derechos constitucionales ni que incurriera en arbitrariedad.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La norma del artículo 26 de la Ley Orgánica del Poder Judicial no fue derogada tácitamente, y su constitucionalidad fue avalada por la jurisprudencia.
- La valoración de la prueba, en particular los testimonios de L.G. y la valoración de las declaraciones de los profesionales psiquiatras y psicólogas, fue realizada en forma racional y conforme a los estándares de la sana crítica.
- Los elementos objetivos y subjetivos, incluyendo los relatos en Cámara Gesell, la corroboración con testimonios familiares, y las conclusiones de las pericias, sustentan la decisión de que la declaración de la víctima es creíble y compatible con la proceso probatorio.
- Los agravios sobre la vulneración del derecho a la doble instancia, la valoración de la prueba y la fundamentación del fallo, no configuraron arbitrariedad ni ilegalidad, y las apreciaciones judiciales fueron razonables y fundadas en las constancias del expediente.
- La valoración de los testimonios de familiares, y las conclusiones sobre la credibilidad, fueron realizadas con criterio racional y sin vulnerar garantías constitucionales.
- La decisión de mantener la condena y la revocación de la prisión domiciliaria fue fundada en la existencia de riesgo de fuga y peligro de incumplimiento de la condena, sin que se evidenciaran irregularidades.
- La sentencia, en conjunto, se ajustó a los requisitos de fundamentación y motivación necesarios.
- La Corte, en consecuencia, declaró la improcedencia del recurso y confirmó la sentencia en todos sus términos.
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