SPEEDAGRO S.R.L. c/ BONFIGLI, PEDRO PABLO s/ ORDINARIO
La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Santa Fe declaró improcedente el recurso de nulidad y rechazó la apelación contra la sentencia que condenó a Pedro Pablo Bonfigli a pagar a Speedagro SRL la suma de $49.516,27 por deudas comerciales, confirmando la decisión de primera instancia.
- Quién demanda: Speedagro SRL
¿A quién se demanda?
Pedro Pablo Bonfigli
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Pago de $49.516,27 por deudas impagas, reconocimiento de deuda y convenio de pago, con intereses y costas.
¿Qué se resolvió?
La Cámara rechazó la apelación del demandado y confirmó la sentencia de primera instancia, considerando que la incomparecencia del demandado a la audiencia de absolución de posiciones y reconocimiento documental conllevó su confesión ficta, que fue suficiente para sustentar la condena.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La incomparecencia del demandado a la audiencia de absolución de posiciones y reconocimiento de documentos, sin oposición probatoria, llevó a que se lo tuviera por confeso en los términos del art. 162 y 176 CPCC. La declaración de confesión ficta tiene igual valor que la expresa, y en este caso, la documental acompañada fue considerada auténtica y no contradecida por pruebas objetivas. El demandado negó categóricamente los hechos en la contestación de demanda, pero no aportó prueba para desvirtuar la documentación y los hechos reconocidos por su inacción. La sentencia fue ajustada a la ley procesal y la valoración de la prueba fue correcta, por lo que se rechazaron los agravios y la apelación. La nulidad fue declarada desierta por insuficiencia de agravios, y se impusieron costas al recurrente. Los honorarios de la alzada se liquidarán conforme a la ley, con vista a la Caja Forense. La decisión fue votada por unanimidad de los jueces Dellamónica, Depetris y Barberio, en acuerdo del 17 de noviembre de 2022.
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