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C., A. Y. s/ ABUSO SEXUAL

La Cámara de Apelaciones de Santa Fe confirmó la condena por abuso sexual, modificando la pena a un año y seis meses de prisión efectiva, con la prisión ya cumplida por prisión preventiva, y ordenando la inmediata libertad del condenado. La decisión se fundamentó en la valoración de la prueba y en la protección de derechos de la víctima, considerando el relato de la menor, su edad, y la valoración de la prueba en un marco de perspectiva de género. La sentencia fue considerada adecuada en la valoración de la prueba y en la interpretación de los hechos, rechazando los agravios de la defensa y la fiscalía en cuanto a la calificación legal y la suficiencia probatoria.


- Quien demanda (Actor): La víctima menor de edad, P., representada por la Fiscalía y la defensa del imputado. Demandado: A. Y. C., por el delito de abuso sexual. Objeto: La condena por abuso sexual y la declaración de responsabilidad penal del imputado. Decisión: Se confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia, modificando la pena a un año y seis meses de prisión efectiva, con la prisión ya cumplida, y ordenando la libertad del condenado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El tribunal valoró la declaración de la víctima en Cámara Gesell, destacando su coherencia, espontaneidad y ausencia de indicios de fabulación, además de corroborarse con otros testimonios y pericias. La Dra. Keller descartó lesiones en el aparato genital, lo que limita la calificación a abuso sexual simple, sin penetración vaginal. La valoración de la prueba, en un marco de perspectiva de género y respeto por la edad de la víctima, llevó a la convicción de la responsabilidad del imputado. La valoración de la prueba fue exhaustiva y respetuosa de las garantías constitucionales, descartando las contradicciones señaladas por la defensa."
- La propia víctima relató en Cámara Gesell la conducta abusiva en términos coherentes, y las declaraciones de testigos y profesionales corroboraron su relato, en un análisis que respeta los principios de la sana crítica racional y la valoración en perspectiva de género.
- La valoración de la prueba, incluyendo las declaraciones, informes psicológicos y pericias, fue congruente con la responsabilidad del acusado, descartando las contradicciones y dudas planteadas por la defensa.
- En relación a la calificación legal, la sentencia consideró que la introducción digital en el conducto vaginal no quedó acreditada en el marco probatorio, por lo que se mantuvo en abuso sexual simple, descartando la calificante de acceso carnal.
- La pena fue ajustada a las circunstancias del caso, considerando la edad del imputado, su carácter de riesgo de reincidencia y las atenuantes, estableciéndose en un año y seis meses de prisión efectiva, con

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