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AMARILLA, GLADYS Y BENITEZ, MARIA CELESTE -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL BENITEZ, MARIA CELESTE; AMARILLA, GLADYS s/ HOMICIDIO-APELACION SENTENCIA ABSOLUTORIA- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD

La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe admite la queja y concede el recurso de inconstitucionalidad contra la resolución que impuso costas en un proceso penal. La decisión se fundamenta en que el recurso plantea un planteo constitucional serio y articulado, autorizando su elevación a instancia superior.

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- Quien demanda (Actor): Ministerio Público de la Acusación Demandado: Colegio de Cámara de Apelaciones en lo Penal de Santa Fe Objeto: Nulidad de la resolución que impuso costas procesales en la instancia de apelación, por considerarla arbitraria y en violación del principio de preclusión y de la ley 7055. Decisión: La Corte admite la queja por inconstitucionalidad, considerando que la problemática planteada por el recurrente tiene sustento constitucional y que el recurso de inconstitucionalidad es admisible en este caso, ordenando la elevación de los autos principales.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Habrá de admitirse la queja interpuesta. En efecto, y si bien es criterio reiterado de este Cuerpo que la materia de costas, por ser procesal, en principio, no admite el recurso de inconstitucionalidad (A. y S. T. 44, pág. 349; T. 47, pág. 355; T. 65, pág. 116; T. 81, pág. 273; T. 111, pág. 392; T. 303, pág. 340; T. 305, pág. 1), de la lectura de autos surge que las postulaciones del recurrente cuentan -prima facie
- con suficiente asidero en las constancias de autos e importan, desde el punto de vista constitucional, articular con seriedad un planteo idóneo para franquear el acceso a esta instancia de excepción." Asimismo, se señala que "dicha apreciación no prejuzga sobre la sustantiva procedencia de la impugnación, sino que reconoce la existencia de un planteo constitucional que merece ser analizado en esta instancia." Se ordena la elevación de los autos y el trámite correspondiente.

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