O., L. E. s/ HOMICIDIO CRIMINIS CAUSA EN CONCURSO REAL CON EL DELITO DE ROBO CON ESCALAMIENTO
La Cámara de Rosario incrementa la pena de 17 a 23 años de prisión para L. E. O. tras analizar el grave homicidio en concurso con delitos contra la propiedad; además, revoca la declaración de inconvencionalidad de ciertos artículos legales, considerando que la misma resulta ociosa e innecesaria en el estado actual del proceso.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El tribunal analiza la sentencia N° 33 de 24/02/2022 que condenó a L. E. O. a 17 años de prisión por homicidio criminis causa en concurso con múltiples delitos contra la propiedad. La Fiscalía y la Defensa interponen recursos de apelación. La Fiscalía cuestiona la valoración de los hechos, la proporcionalidad de la pena y la declaración de inconvencionalidad de artículos de la ley 24.660, proponiendo una pena de 25 a 30 años, en atención a la gravedad del hecho y el concurso de delitos. La Defensa solicita que la pena no supere los 15 años, basándose en precedentes como "Mansilla", y en la protección de derechos del menor, proponiendo incluso una pena de 5 a 8 años en caso de concurso. La Junta de Salud Mental y las evaluaciones psiquiátricas muestran un estado mental fluctuante, pero sin evidencia de inimputabilidad. El tribunal, tras estudiar las argumentaciones y las constancias, concluye que la pena debe incrementarse a 23 años, considerando la gravedad del hecho, el concurso de delitos y las circunstancias personales del imputado. Asimismo, revoca la declaración de inconstitucionalidad de los artículos 14 del Código Penal y 56 bis de la Ley 24.660, ya que la misma resulta abstracta y sin impacto inmediato en la situación procesal del imputado. Se recomienda además evitar expresiones imprecisas en las sentencias dirigidas a particulares, para resguardar la dignidad y la sensibilidad de las víctimas y sus familias.
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