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G., R. L. s/ PRIVACION ILEGITIMA DE LIBERTAD AGRAVADA POR SER COMETIDA MEDIANTE AMENAZAS Y VIOLENCIA Y POR RESULTAR UN GRAVE DAÑO A LA SALUD DE LA VICTIMA; ABANDONO DE PERSONA AGRAVADO POR EL VINCULO. ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL AGRAVADO POR RESULTAR UN GRAVE DAÑO A LA SALUD DE LA VICTIMA Y HOMICIDIO CALIFICADO POR EL VINCULO Y DENTRO DE UN CONTEXTO DE VIOLENCIA DE GENERO

La Cámara de Apelaciones en lo Penal de Rosario confirmó la condena de R. G. a prisión perpetua por homicidio calificado y delitos conexos, sosteniendo la validez de la prueba y la existencia de violencia de género en el hecho.

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¿Quién es el actor?

La defensa de R. G. interpuso recurso de apelación contra la sentencia condenatoria.

¿A quién se demanda?

Contra la sentencia N° 1334 del 30/12/2021 dictada por el Tribunal Pluripersonal de Juicio de Rosario.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Que la sentencia sea revisada y se revoque o modifique la condena, alegando errores en la valoración de la prueba, la inexistencia de dolo y la vulnerabilidad cultural del imputado.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia apelada en todos sus términos, considerando que la condena por femicidio y delitos conexos está debidamente fundamentada en la prueba y en el contexto de violencia de género.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal valoró la abundante prueba incriminante, incluyendo testimonios, informes médicos y autopsia, que acreditan la responsabilidad del imputado en la muerte de N. Q. y los delitos previos. La declaración de la hija, L. G., fue considerada creíble y coherente, con respaldo en informes médicos y testimonios de profesionales de la salud y trabajo social. La existencia de violencia física, psicológica y de privación de libertad, así como la relación de pareja y el contexto de violencia de género, fueron acreditados y valorados en conformidad con la ley 26.485. La supuesta influencia cultural de los pueblos originarios y las prácticas rituales no fueron suficientes para modificar la responsabilidad, dado que las evidencias muestran un patrón de violencia y abuso claramente acreditado. La pena de prisión perpetua impuesta fue considerada constitucional y proporcional al grado de culpa del imputado, sin que existan fundamentos suficientes para declarar su inconstitucionalidad.

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