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SANCOR MEDICINA PRIVADA S.A. c/ DELMASTRO, OSCAR JOSE -ORDINARIO- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD

La Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe admite la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad contra la resolución de la Cámara de Rafaela. El tribunal concede el recurso y ordena remitir los autos principales para que se les imprima el trámite correspondiente.

Arbitrariedad Recurso de queja Reconocimiento de deuda Sentencia Debido proceso Nulidad Inconstitucionalidad Recursos extraordinarios Santa fe. Camara de rafaela


- Quién demanda: La actora (SANCOR MEDICINA PRIVADA SA)

¿A quién se demanda?

La Cámara de Apelación en lo Civil, Comercial y Laboral de Rafaela

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La denegación del recurso de inconstitucionalidad contra la resolución que confirmó la validez del acto base de la ejecución (convenio de reconocimiento de deuda) y cuestionamiento por arbitrariedad en la valoración de las constancias y en la interpretación del acto, alegando violación al debido proceso y contradicciones en la fundamentación.

¿Qué se resolvió?

La Corte admite la queja por arbitrariedad y denegación del recurso de inconstitucionalidad, concediéndolo y ordenando remitir los autos principales para proseguir con el trámite correspondiente.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La postulación de la recurrente cuenta 'prima facie' con suficiente asidero en las constancias de la causa e importa articular con seriedad planteos que podrían encuadrar en hipótesis de arbitrariedad, con idoneidad suficiente como para operar la apertura de la instancia extraordinaria establecida en la ley 7055. Dicho esto en una apreciación mínima y provisoria propia de este estadio, sin que implique adelantar opinión sobre la sustantiva procedencia de la impugnación." La resolución resalta que la queja presenta elementos que podrían configurar arbitrariedad, y que la decisión de la Cámara, al rechazar el recurso, podría estar vulnerando derechos constitucionales, en particular, el debido proceso. La admisión de la queja implica que la Corte considera que hay fundamentos suficientes para revisar la decisión de la Cámara en sede extraordinaria. La Corte también destaca que la denegación del recurso por parte de la Cámara fue motivada, pero que la queja tiene un sustento "prima facie", por lo que se concede y se ordena seguir con el trámite correspondiente, sin prejuzgar sobre la procedencia definitiva del recurso.

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