B., S. E. c/ C., R. J. -DENUNCIA Y RECOMPOSICION ACTIVO GANANCIAL-RECURSO DIRECTO- s/ RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD
La Corte Suprema de Santa Fe declaró la procedencia del recurso de inconstitucionalidad y anuló la sentencia de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial por vulnerar el derecho al juez natural en el trámite de recusaciones y apartamientos. La causa será remitida a un tribunal subrogante para un nuevo pronunciamiento.
Quién demanda: La actora (B., S. E.)
¿A quién se demanda?
La Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Santa Fe, y en última instancia, la decisión que rechazó el recurso de inconstitucionalidad contra la resolución que rechazó la recusación del juez Cottet.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La declaración de inconstitucionalidad de la resolución que rechazó la recusación del juez Cottet y la nulidad de las decisiones que vulneraron el derecho al juez natural y la garantía de imparcialidad.
¿Qué se resolvió?
La Corte Suprema de Santa Fe declaró la procedencia del recurso, anuló la sentencia impugnada y remite la causa a un tribunal subrogante para que dicte un nuevo pronunciamiento.
Fundamentos principales:
"El instituto de la excusación -al igual que la recusación con causa creado por el legislador
- es un mecanismo de excepción, de interpretación restrictiva, con supuestos taxativamente establecidos [...] para casos extraordinarios, teniendo en cuenta que su aplicación provoca el desplazamiento de la legal y normal competencia de los jueces y la consecuente alteración del principio constitucional del juez natural" (Fallos: 319:758).
"El intento de los magistrados, aunque loable y valioso, de aventar cualquier tipo de mácula o sospecha sobre su accionar, no puede erigirse en justificativo adecuado de estos cambios de criterio" (Fallos: 319:758).
"La incertidumbre de saber con precisión quién es el juez de trámite y quiénes son los jueces del pleno que deben intervenir en un litigio judicial, que reconoce su causa en los apartamientos injustificados y parciales de dichos magistrados, vulnera claramente la garantía constitucional del juez natural" (Fallos: 319:758).
"El principio del juez natural es un pilar del Estado de Derecho y su vulneración, en tratándose de recusaciones y apartamientos, implica una afectación grave al derecho de acceso a un juez imparcial y competente" (Fallos: 319:758).
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: