R., J. C. s/ ROBO CALIFICADO
La Cámara de Apelaciones de Rosario confirmó la responsabilidad penal de J. C. R. por robo calificado, rechazando la queja de la defensa por duración indebida del proceso y respaldando la valoración de la prueba, destacando la evidencia contundente y la inmediatez en la aprehensión.
Actor: La Fiscalía y la víctima (A.) Demandado: J. C. R. Objeto: La declaración de responsabilidad penal por el delito de robo calificado, con la consecuente confirmación de la fallo de primera instancia. Decisión: La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que declaró a R. coautor responsable del delito, rechazando los agravios de la defensa.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La sentencia impugnada fundamentó que la materialidad del hecho quedó acreditada con el acta policial, la declaración de la víctima y el secuestro del arma y el celular. Se destacó que la persecución policial, la identificación de los imputados, y las declaraciones de los agentes policiales que los reconocieron en la vivienda, constituyen prueba suficiente para sostener la responsabilidad. La declaración de U., coimputado, que admitió el hecho y la presencia de armas y efectos en su poder, fue valorada como prueba legítima y suficiente. Además, la Cámara rechazó el planteo de demora procesal, argumentando que el tiempo transcurrido no configura una vulneración del derecho a un plazo razonable, considerando las circunstancias especiales del caso, como cambios de jurisdicción, la pandemia y la complejidad del proceso. Los votos en disidencia no fueron relevantes. La decisión se fundamenta en la lógica de la valoración probatoria y en la jurisprudencia sobre la demora razonable, concluyendo que la responsabilidad del imputado está suficientemente acreditada.
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