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LITVAC, CLAUDIO ALEJANDRO s/ ROBO CALIFICADO POR EL USO DE ARMA DE FUEGO PORTACION ILEGAL DE ARMA DE FUEGO

La Cámara de Apelaciones en lo Penal de Rosario confirmó la sentencia que condenó a Claudio Alejandro Litvac a siete años de prisión por robo calificado por el uso de arma de fuego y portación ilegítima de arma, rechazando los agravios de la defensa y fiscalía por considerar que la sentencia fue fundada y razonable.

Confirmacion de sentencia Revision judicial Valoracion probatoria Camara de apelaciones Prueba filmica Pericia balistica Portacion ilegal de arma Robo con arma de fuego Delitos contra la propiedad Pena de 7 anos


- Quién demanda: Claudio Alejandro Litvac

¿A quién se demanda?

Estado a través del Tribunal de Primera Instancia

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Revisión de la sentencia condenatoria por errores en la valoración probatoria, tipificación del delito y cálculo de la pena

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirma la sentencia de primera instancia que condenó a Litvac a siete años de prisión

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La prueba testimonial y la filmación de cámaras de seguridad respaldan la autoría del imputado, siendo incoherente la versión de defensa que alegaba confusión y error en la sindicación. La víctima relató con coherencia cómo Litvac, con un arma de fuego, le sustrajo un celular y fue retenido tras la persecución, corroborado por los registros fílmicos. La pericia balística demostró la aptitud del arma, que fue considerada apta para disparar, descartando la hipótesis de que fuera un arma de juguete o inservible. La valoración de la prueba fue considerada ajustada a la sana crítica racional, y la argumentación del juez de grado fue coherente y fundada. La calificación legal de los delitos y la concurrencia de los delitos en concurso real fueron correctamente aplicadas. La pena de siete años fue considerada adecuada, fundamentada en las circunstancias del hecho, la peligrosidad del medio empleado, y las condiciones personales del imputado. La argumentación fiscal respecto a que la pena sería insuficiente fue considerada una queja sin fundamentos suficientes para modificar la decisión. La defensa no logró demostrar errores en la valoración probatoria o en la tipificación del delito, ni argumentos que justifiquen la reducción de la pena. La Cámara concluyó que la sentencia fue fundada y razonable, por lo que se confirmó en todos sus términos.

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