ESPOSITO, JUAN DOMINGO c/ GABINO, ROGELIO MARTIN s/ JUICIO COBRO DE PESOS
La Cámara de Apelación de Circuito confirmó la sentencia que ordenó devolver la suma entregada en un contrato de compraventa de automotor, ratificando que el juez de primera instancia actuó conforme a la ley en la determinación de la restitución sin intereses.
Actor: La parte demandante en el juicio de cobro de pesos por la compraventa de un automotor. Demandado: Rogelio Martín Gabino, parte demandada que interpuso el recurso de apelación. Objeto: La devolución de la suma entregada en la compraventa del automotor, sin intereses y con rechazo de la compensación por depreciación del dinero. Decisión: La Cámara de Apelación de Circuito rechazó el recurso de apelación y confirmó la sentencia de primera instancia, manteniendo la orden de restitución sin intereses.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El Magistrado de la Primera Instancia no hizo más que apegarse a la ley. A partir de la resolución del contrato, la compradora es deudora en restituir la cosa vendida y la vendedora es deudora de una suma de dinero. En el artículo 766, especifica la ley que 'El deudor debe entregar la cantidad correspondiente de la especie designada'... El dinero se ha depreciado, pero esa depreciación no afecta la obligación en dinero, que rige por el principio nominalista. La comparación que formula el recurrente es fruto de una reflexión tardía y no puede ser admitida por el principio nemo auditur propriam turpitudinem allegans." Los votos de los jueces Ríos, Mirande y Barucca fueron unánimes en confirmar la sentencia y rechazar el recurso, imponiendo las costas a la parte apelante.
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