BERNARDO, LILIANA EDIT y OTROS c/ BARRIOS, BERNARDINO s/ JUICIOS ORDINARIOS
La Cámara de Santa Fe desestima el recurso de nulidad y rechaza la apelación del demandado en un proceso por incumplimiento contractual en compraventa. La sentencia confirma la validez de la resolución contractual y el fallo de primera instancia.
- Quién demanda: Liliana Liliana Liliana Bernarda y otros
¿A quién se demanda?
Bernardino Barrios
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Resolución de contrato por falta de pago y restitución del inmueble, además de la declaración de la resolución contractual y condena en costas
¿Qué se resolvió?
La Cámara desestimó el recurso de nulidad y rechazó la apelación, confirmando la sentencia que declaró la resolución del contrato y la restitución del bien, fundamentando que la conducta del demandado, su silencio y no responder la demanda, generan la presunción de aceptación de los hechos y la validez de la resolución. La falta de respuesta del demandado implica la aceptación de los hechos y la validez del proceso, además de que las cuestiones técnicas o formales planteadas en los agravios no modifican la sustancia del fallo. La sentencia de grado fue firme y correcta en su análisis de la prueba y en la aplicación de la ley, por lo cual la apelación debe ser rechazada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La falta de contestación de la demanda produce una inversión de la carga de la prueba, debiendo el demandado producir prueba en contrario" (art. 143 CPCC). La conducta procesal del demandado, que fue notificado y no contestó la demanda, conlleva la presunción de reconocimiento de los hechos alegados por la actora. La jurisprudencia y la doctrina consolidada establecen que en el ordenamiento santafesino, la contestación omisa y la conducta procesal conducen a la aceptación de los hechos y a la validez de la resolución contractual, sin que sea imprescindible realizar pruebas adicionales. La resolución extrajudicial, ejercida por la parte actora, fue confirmada por la sentencia, que declaró la resolución del contrato y ordenó restitución, sin que exista prueba suficiente para invalidar dicha resolución. La apelación del demandado no logra demostrar error ni vulneración de garantías, por lo que debe ser rechazada.
- Además, la sentencia también fundamenta que los agravios relacionados con cuestiones formales y técnicas (como la intimación previa o el pacto comisorio) son pruritos formales que no afectan la validez del fallo, dado que la conducta del demandado, su silencio y la aceptación tácita de los hechos, justifican la resolución judicial.
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