AYALA BAEZ, SULMA OFELIA c/ MARTIN, FAUSTINO s/ SENTENCIA COBRO DE PESOS - RUBROS LABORALES
La Cámara de Apelación Laboral en Rosario revocó la sentencia de primera instancia que había admitido parcialmente la demanda por cobro de rubros laborales, y dictaminó que no se probó la existencia de la relación laboral, imponiendo costas a la parte actora. La decisión se fundamenta en la insuficiencia probatoria presentada por la demandante y en la valoración de los elementos aportados, concluyendo que no se logró demostrar la existencia de la relación laboral alegada. La Cámara sostuvo que los testimonios rendidos en autos resultan indirectos y que la prueba aportada no alcanza a generar la convicción suficiente para confirmar la vínculo laboral. Además, puntualizó que la carga probatoria en materia laboral debe ser ejercida de manera razonable, especialmente en relaciones de empleo doméstico donde la informalidad prevalece. La sentencia destacó que la inactividad probatoria del actor y la falta de prueba concreta para respaldar su pretensión justificaron la inversión de la carga y la decisión de rechazarla. Asimismo, se rechazó el recurso de nulidad, declarando su desierto por no haberse mantenido en esta instancia.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La demandante, Sulma Ofelia Ayala Baez, promovió una demanda contra Martín Faustino por cobro de rubros laborales derivados de una supuesta relación laboral de más de veintisiete años en un ámbito de empleo doméstico. El juzgado de primera instancia admitió parcialmente la pretensión, pero la Cámara de Apelación en lo Laboral en Rosario revocó esa decisión, considerando que la parte actora no logró acreditar la existencia de la relación laboral mediante pruebas suficientes. La Cámara analizó la valoración probatoria, los testimonios y la conducta procesal de las partes, concluyendo que no había prueba que acreditara la relación laboral alegada y que la carga probatoria no había sido invertida de modo que beneficiara a la actora. La sentencia enfatiza que "la prueba aportada no alcanza a generar la convicción suficiente" y que "la carga probatoria en materia laboral debe ser ejercida de manera razonable". La decisión también rechazó el recurso de nulidad y dispuso costas a la parte actora, con fijación de honorarios en un 50% de lo regulado en primera instancia.
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