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ARREDONDO, ANDRES FEDERICO c/ SWISS MEDICAL ART S.A. -SENTENCIA ACCIDENTE Y/O ENFERMEDAD TRABAJO- s/ RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (QUEJA ADMITIDA)

La Corte Suprema de Santa Fe declaró la procedencia del recurso de inconstitucionalidad interpuesto por Swiss Medical ART S.A. y anuló la sentencia que modificaba el inicio del cómputo de intereses en un juicio por accidente laboral, ordenando remitir la causa al tribunal de origen para nuevo pronunciamiento.

Tasa de interes Reparacion Accidente laboral Cosa juzgada Garantias constitucionales Interes Reenvio Recurso de inconstitucionalidad Remision. Intereses procesales


- Quién demanda: Andrés Federico Arredondo

¿A quién se demanda?

Swiss Medical ART S.A. (y/o Liberty ART)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Indemnización por incapacidad laboral permanente parcial derivada de accidente en contexto de riesgos del trabajo, sumas recibidas y diferencias por la incapacidad no resarcida, además de intereses y prestaciones médicas.

¿Qué se resolvió?

La Corte declaró procedente el recurso de inconstitucionalidad, anuló la sentencia que modificaba la fecha de inicio del cómputo de intereses y ordenó remitir la causa al tribunal de origen para que vuelva a juzgar conforme a las pautas señaladas, considerando que la modificación de la alzada vulneró la cosa juzgada y el alcance del reenvío.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La Sala de reenvío, al modificar la tasa de interés, no soslayó lo entonces decidido y no incurrió en arbitrariedad. Sin embargo, al alterar el punto de inicio del cómputo de intereses, excedió los límites del reenvío, vulnerando la cosa juzgada y la defensa en juicio. La jurisprudencia consolidada de esta Corte establece que los límites del reenvío deben respetar las pautas previamente establecidas y no deben modificar aspectos firmes de la resolución anulatoria. La modificación del inicio del cómputo de intereses sin estar incluido en la anulación constituye un exceso de atribuciones jurisdiccionales, por lo que procede la nulidad y remisión a la instancia originaria para nuevo pronunciamiento." Además, el tribunal resaltó que la cuestión del interés y el comienzo del cómputo fue objeto de pronunciamiento firme y que la modificación sin autorización vulnera la cosa juzgada, afectando garantías constitucionales del derecho a la reparación y defensa en juicio.
- Votos: La mayoría conformó la decisión de anular y remitir, con disidencia parcial del ministro Spuler, quien consideró que la modificación era dentro del alcance del reenvío, pero que en el fondo la decisión no afectaba derechos constitucionales. La mayoría, sin embargo, sostuvo que la modificación excedió los límites del reenvío y afectó garantías constitucionales, por lo que correspondía la nulidad.

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