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DARRAS, HORACIO RODOLFO Y PANIAGUA, LUCAS ALEJANDRO -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL 1.- LEIVA, MARIAS; 2.- LEIVA JUAN ABEL Y OTROS S/ DELITOS CONTRA EL ORDEN PUBLICO-APELACION DEFENSA SENTENCIA CONDENATORIA- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD

La Corte Suprema de Santa Fe rechazó la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad contra un acuerdo condenatorio en proceso penal, considerando que los argumentos no evidencian arbitrariedad o vulneración constitucional, salvo la disidencia que admitió la queja y concedió el recurso.

Arbitrariedad Proceso penal Garantias constitucionales Recurso de inconstitucionalidad Control jurisdiccional Acuerdo abreviado Santa fe Disidencia. Vulneracion constitucional Ley 23184


- Quién demanda: Defensa de Horacio Rodolfo Darrás y Lucas Alejandro Paniagua

¿A quién se demanda?

Tribunal del Colegio de Jueces de Cámara de Apelación en lo Penal de Santa Fe

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Nulidad del acuerdo abreviado, vicios en la voluntariedad, ilegalidad de la condena, vulneración del debido proceso, inaplicabilidad de la ley 23184, exceso de jurisdicción, y costas procesales.

¿Qué se resolvió?

La Corte Suprema rechazó la queja por considerar que los argumentos no demostraron arbitrariedad ni vulneración constitucional. La disidencia admitió la queja y concedió el recurso, por entender que existían fundamentos suficientes para ello.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal evaluó que la quejosa no logró demostrar la existencia de vicios en la validez del acuerdo abreviado ni arbitrariedad en la labor judicial. Se destacó que la defensa no rebatió los fundamentos del tribunal de grado, que verificó en la audiencia que los imputados aceptaron los términos del acuerdo libremente y con conocimiento. La argumentación de la defensa se redujo a una mera discrepancia sin sustento suficiente, y la normativa aplicable fue interpretada correctamente. La decisión de rechazar la queja se basa en que los agravios no configuran una vulneración constitucional, y que las cuestiones procesales no alteran el fondo del asunto. La disidencia, en cambio, consideró que la presentación de la quejosa tenía fundamentos suficientes para admitir la queja y conceder el recurso, dado que los planteos de arbitrariedad y violación a garantías constitucionales estaban sustentados en las constancias del expediente.

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