LEGASPI, HUGO MARIO c/ PLAN ROMBO S.A. DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS Y OTROS s/ SUMARISIMO
La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Santa Fe confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó la demanda por falta de prueba y fundamentó que las cuotas y condiciones del plan de ahorro automotor estaban debidamente informadas y ajustadas a la normativa. La Cámara desestimó los agravios del actor y ratificó la decisión de fondo. La Sala además rechazó el recurso de nulidad por no haberse configurado vicios de gravedad ni violaciones de formalidades.
- Quién demanda: Hugo Mario Legaspi
¿A quién se demanda?
Plan Rombo S.A. de Ahorro para Fines Determinados, Renault Argentina S.A., Alberto J. Macua S.A. y otros
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Restitución de $93.639,64 por pagos en exceso y daños morales y punitivos, alegando que las cuotas aumentaron ilegalmente y que no se brindó información adecuada.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó la demanda por insuficiencia probatoria y adecuación contractual, afirmando que las condiciones del plan estaban claramente informadas, que no se acreditó incumplimiento ni ilegitimidad en las cuotas, y que la documentación contractual demuestra el conocimiento y aceptación del actor.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La sentencia de grado valoró correctamente las constancias del expediente, señalando que el actor no probó la falta de información ni la ilegitimidad de las cuotas. La apelación carece de agravios concretos y razonados, repitiendo argumentos sin rebatir las consideraciones sentadas. La documentación contractual y el anexo de diferimiento voluntario evidencian el conocimiento del actor sobre las condiciones del plan, por lo que no hay vulneración del deber de información ni incumplimiento contractual. Además, no se acreditó daño moral ni daño punitivo. La Cámara también desestimó la pretensión de costas por gratuidad, considerando que la ley no admite exenciones absolutas en casos de demandas infundadas.
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