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MARTIN Y CIA. LTDA. S.A. c/ RODRIGUEZ SOTO, SILVIA Y OTROS -VERIFICACIONES TARDIAS-RECURSO DIRECTO- s/ RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD

La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe declaró la procedencia del recurso de inconstitucionalidad contra la denegación de la queja por apelación en un proceso concursal y anuló la sentencia de la Cámara, remitiendo la causa para nuevo juicio por vulneración del derecho de defensa del recurrente.

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- Quién demanda: Alberto Jorge Martín, en carácter de presidente de MARTIN Y CIA LTDA. S.A.

¿A quién se demanda?

La Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Rosario.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Se impugna la decisión de denegar la apelación en subsidio y la notificación del fallo que le impuso costas personales, argumentando arbitrariedad y vulneración del derecho de defensa.

¿Qué se resolvió?

La Corte Suprema declaró la procedencia del recurso, anuló la sentencia cuestionada y ordenó remitir los autos para que se dicte un nuevo pronunciamiento.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La Sala denegó la recurso de apelación en base a la supuesto conocimiento del recurrente de la resolución por medio de una cédula electrónica dirigida a su representante, sin considerar que no actuó como parte en el proceso ni fue debidamente notificado a su persona, lo que vulnera el derecho a la defensa y el debido proceso. La notificación electrónica no puede sustituir la notificación personal, y en este caso, la garantía constitucional de la tutela judicial efectiva se vio afectada". Además, la Corte resaltó que: "la notificación a la sociedad no implica que el presidente de la misma, en su carácter personal, tenga conocimiento formal del acto, dado que la notificación se dirigió a la persona jurídica y no al representante individual". Se constató que la decisión de la Cámara careció de fundamentación suficiente y que la interpretación del régimen de notificación fue arbitraria, vulnerando garantías constitucionales del recurrente.

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