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GALEANO, LEONARDO EZEQUIEL -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL GALEANO, LEONARDO EZEQUIEL s/ HOMICIDIO CALIFICADO CRIMINIS CAUSA- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (RECURSO EXTRAORDINARIO PARA ANTE LA C.S.J.N.)

La Corte Provincial deniega el recurso de inconstitucionalidad por falta de argumentos convincentes y por no demostrar una afectación constitucional efectiva en la sentencia impugnada. La decisión se fundamenta en la insuficiencia de las alegaciones recursales para justificar una revisión federal.

Arbitrariedad Recurso de queja Sentencia Inconstitucionalidad Derechos constitucionales Denegacion Pena de prision perpetua Revision federal Corte provincial Alegaciones insuficientes


- Quién demanda: Defensa de Leonardo Ezequiel Galeano

¿A quién se demanda?

Tribunal Superior de la Provincia de Santa Fe

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso de inconstitucionalidad en contra de la sentencia que confirmó la condena a Galeano, solicitando su revisión por supuestas violaciones constitucionales y omisiones en la valoración probatoria.

¿Qué se resolvió?

La Corte provincial denegó la concesión del recurso extraordinario, considerando que los agravios no cumplen con los requisitos del artículo 3 de la Acordada 4/2007 de la CSJN y que las argumentaciones presentadas no evidencian arbitrariedad ni afectación constitucional.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El recurso federal interpuesto habrá de ser denegado pues no cumple con los recaudos dispuestos en el artículo 3 —incisos 'd' y 'e'— del reglamento aprobado por la Acordada 4/2007. La presentante no efectúa una crítica prolija y razonada de la sentencia atacada, refutando todas y cada una de las motivaciones que le dieron sustento en relación con las cuestiones federales planteadas ni demuestra que medie una vinculación directa e inmediata entre las normas federales aludidas y lo debatido y resuelto en el caso, y que la decisión impugnada sea contraria al derecho federal invocado." Asimismo, la Corte puntualiza que la recurrente no logra demostrar que la sentencia impugnada haya sido dictada en forma arbitraria o que haya vulnerado derechos constitucionales, y que los agravios relacionados con la calificación legal y la pena impuesta no constituyen cuestiones federales que justifiquen la apertura de la vía extraordinaria. Votos en disidencia: No se registran votos disidentes relevantes.

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