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SERENA, MELISA -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD c/ RESOLUCION N° 17 DE LA HONORABLE SESION CONJUNTA DE AMBAS CAMARAS LEGISLATIVAS- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (RECURSO EXTRAORDINARIO PARA ANTE LA C.S.J.N.)

La Corte Superior de Santa Fe deniega el recurso extraordinario de Melisa Serena contra la resolución que confirmó su sanción por mal desempeño y otras conductas, argumentando insuficiencia de fundamentación y falta de relación con derechos federales.

Recurso extraordinario Debido proceso Inconstitucionalidad Gravedad institucional Derechos constitucionales Sancion disciplinaria Control judicial Procedimiento disciplinario Santa fe Ley 13807


¿Quién es el actor?

doctora Melisa Serena, Fiscal Adjunta, en contra de la resolución del Tribunal Superior de Santa Fe.

¿A quién se demanda?

a la Corte Superior de Santa Fe, por la decisión de rechazar su recurso de inconstitucionalidad y confirmar su sanción disciplinaria.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

la revisión de la sanción disciplinaria impuesta por el cuerpo legislativo, alegando vulneración de derechos constitucionales y principios del debido proceso y defensa en juicio.

¿Qué se resolvió?

la Corte denegó el recurso extraordinario presentado por Serena, considerando que la impugnación no cumplía con los requisitos de admisibilidad, ya que no se demostraba la existencia de una cuestión constitucional compleja, ni una relación adecuada con normas federales, y que los planteos reiteraban los ya rechazados en instancia anterior.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Corte sostuvo que los agravios de Serena remiten a una disconformidad con decisiones del Poder Legislativo en ejercicio de sus facultades, las cuales no son revisables en sede federal salvo que se evidencie una afectación a derechos constitucionales. La revisión del Tribunal se circunscribió a verificar que el procedimiento hubiera respetado las formalidades y garantías del debido proceso, conclusión que la recurrente no logra desvirtuar. Además, se resaltó que la queja por la sanción y los planteos relacionados con el procedimiento disciplinario no constituyen cuestiones constitucionales complejas, sino meras disconformidades con la decisión legislativa, por lo que el recurso no cumple con los requisitos de admisibilidad del artículo 3 del reglamento de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. La Corte también recordó que la normativa aplicable y antecedentes jurisprudenciales confirman la constitucionalidad del proceso disciplinario y la validez de la sanción.

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