UBERTI, LUCIA ESTEFANIA Y FERNANDEZ, LEONEL ALEJANDRO -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL CESAR, MATIAS NICOLAS; UBERTI, LUCIA ESTEFANIA; DELGADO, DANIEL ALEJANDRO; OLIVERA, LEANDRO DANIEL; FERNANDEZ, LEONEL ALEJANDRO; CANTERO, ARIEL MAXIMO s/ APELACION-SENTENCIA CONDENA PRISION EFECTIVA- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD
La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe rechazó la queja contra la confirmación de condena por delitos de amenazas y daño con agravantes, argumentando que los agravios no configuran arbitrariedad ni vulneran principios constitucionales.
- Quién demanda: Defensa de Lucía Uberti y Leonel Fernández
¿A quién se demanda?
Corte Suprema de Justicia de Santa Fe
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Que se declare la inconstitucionalidad y se revoque la decisión que confirmó la condena penal y las costas, por supuesta arbitrariedad y vulneración de derechos constitucionales.
¿Qué se resolvió?
La Corte rechazó la queja por considerar que los agravios invocados no configuran arbitrariedad ni vulneran principios constitucionales, ya que las decisiones judiciales fueron fundadas y en línea con el derecho aplicable.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Los agravios carecen de idoneidad para la vía intentada, pues no evidencian una disociación con el ordenamiento jurídico fundamental. La Cámara, para confirmar la condena, fundamentó en el contexto delictivo y en los elementos probatorios que evidencian la responsabilidad de Uberti y Fernández, señalando que 'se trataba de una pluralidad de acontecimientos delictivos que tenían en común la finalidad de generar temor en los funcionarios judiciales, policiales y terceras personas'". "Los cuestionamientos sobre la certeza y la proporcionalidad de la pena consisten en disconformidad con la interpretación judicial, lo cual no habilita la revisión en esta instancia, dado que la valoración de la prueba y la graduación punitiva son cuestiones de derecho probatorio y política criminal, que se encuentran dentro de la órbita de la decisión judicial, siempre que exista fundamentación suficiente." "No se advierte que la resolución incurra en arbitrariedad, pues los jueces abordaron con amplitud y fundamentación todos los agravios, incluyendo el análisis de los precedentes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación 'Casal' y 'Ochoa Campos', sin omisiones que puedan calificarse como manifiesta arbitrariedad o violación de garantías constitucionales."
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