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SCHAMNE, PATRICIA NOEMI Y OTRA c/ SCHAMNE, BETIANA LEONOR Y OTRO s/ SUMARIO-FIJACION DE CANON LOCATIVO

La Cámara de Apelación de Circuito revoca parcialmente la sentencia de primera instancia, dejando sin efecto la condena a Walter Córdoba y la previsión de remesas futuras, y confirma la valoración de las tasaciones inmobiliarias, rechazando el agravio sobre el valor locativo.

Condominio Actualizacion monetaria Derechos reales Apelacion Canon locativo Uso exclusivo Nulidad Legitimacion activa Sentencia. Tasaciones inmobiliarias


- Quién demanda: La parte actora (no especificada en el fragmento, pero presumiblemente la co-actora Patricia Noemí Schamne).

¿A quién se demanda?

Betiana Schamne y Walter Córdoba, en relación a la fijación de canon locativo.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La modificación del monto del canon locativo fijado en la sentencia de primera instancia y la inclusión de Walter Córdoba en la condena.

¿Qué se resolvió?

La Cámara revoca la condena a Walter Córdoba, quien no resulta condómino ni locatario, y desestima la pretensión de que se fije un canon inferior, confirmando la valoración objetiva de las tasaciones inmobiliarias y rechazando el agravio sobre el valor locativo. La sentencia de primera instancia queda parcialmente revocada en los aspectos cuestionados, dejando sin efecto la condena a Córdoba y la previsión de actualizaciones futuras, y confirmando el resto de la resolución.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El demandado Walter Córdoba no resulta condómino ni locatario, por lo que no tiene legitimación para ser condenado a pagar canon locativo. La pretensión de cobro de canon basada en la ocupación del inmueble no puede prosperar sin vínculo válido que la respalde, como condómino o locatario. Además, la sentencia que prevé remesas futuras con actualización por índices está en pugna con la legislación vigente, en particular con la prohibición de actualización monetaria establecida por la ley 25.561 y las jurisprudencias constitucionales, que consideran que dichas previsiones violan el orden público y los principios constitucionales y legales sobre la prohibición de indexación. La valoración de las tasaciones inmobiliarias, basadas en criterios objetivos y en el estado del inmueble, resulta adecuada y no amerita modificación. La pretensión de establecer un canon inferior o de exigir indemnización por uso exclusivo sin legitimación adecuada carece de sustento jurídico."

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