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VIGNOLO, DARIO HECTOR MIGUEL c/ PROVINCIA DE SANTA FE -INCIDENTES- s/ RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD

La Corte Suprema de Santa Fe anuló la resolución que aprobó una liquidación por indemnización laboral, por considerar que vulneraba derechos constitucionales y principios de justicia, ordenando remitir la causa para un nuevo juzgamiento.

Reparacion integral Tasa de interes Nulidad Gravedad institucional Indemnizacion por incapacidad Derechos laborales Recurso de inconstitucionalidad Revision de sentencia. Liquidacion laboral Justicia constitucional

¿Qué se resolvió en el fallo?

Quién demanda (Actor): Dario Hector Miguel Vignolo A quién se demanda (Demandado): Provincia de Santa Fe Qué se reclama (Objeto de la demanda): Revisión de la liquidación de indemnización por incapacidad laboral del 5% ocurrida en 2004, y de la tasa de interés aplicada, por considerarlos insuficientes e inconstitucionales. Qué se resolvió (Decisión del tribunal): La Corte Suprema declaró procedente el recurso de inconstitucionalidad, anuló la resolución que aprobó la monto de la liquidación y ordenó remitir los autos para que un tribunal juzgue nuevamente conforme a los lineamientos de la sentencia. Fundamentos principales de la decisión: "El criterio sostenido respecto de los cálculos indemnizatorios aplicados para reparar la incapacidad que sufre por un accidente que data del año 2004, consolida un marcado desajuste reparatorio y una afectación de garantías constitucionales (reparación integral y justa); circunstancia que luce evidente en el resultado económico final plasmado en la referida planilla aprobada por el juez que fija una indemnización de $17.538,85 al día 28.12.2021." "Como así tampoco puede dejar de señalarse el criterio seguido por dicha Corte relativo a que 'el mecanismo de actualización sólo constituye un arbitrio tendiente a obtener una ponderación objetiva de la realidad económica, mas cuando el resultado obtenido se vuelve objetivamente injusto debe ser dejado de lado, en tanto dicha realidad debe prevalecer sobre abstractas fórmulas matemáticas'." "Lo expuesto alcanza a demostrar acreditados los reproches constitucionales invocados por el recurrente. Ello en tanto la Sala, amparándose en la firmeza de la sentencia, no solo soslayó que los procedimientos están destinados a establecer la verdad jurídica objetiva, que es su norte, sino también omitió efectuar un análisis de la realidad económica y su conexión concreta con el caso, arribando frente a tales prescindencias al resultado de conceder una indemnización que, por resultar excesivamente exigua, colisiona con los principios tuitivos laborales que rigen en la materia; esto atendiendo, especialmente, a que se trata de un sujeto trabajador e incapacitado por un siniestro ocasionado hace más de 19 años doblemente tutelado por la Constitución nacional." Votos en disidencia relevantes: Ninguno mencionado.

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