GURUCHAR, VANINA VALERIA c/ ASOCIART ART S.A. -SENTENCIA ACCIDENTE Y/O ENFERMEDAD TRABAJO- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (REVOCATORIA IN EXTREMIS)
La Corte provincial rechaza la revocatoria in extremis presentada por la parte demandada en un proceso de queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad, confirmando la decisión previa de rechazo por extemporaneidad. La resolución fundamenta en la interpretación del plazo para presentar dicho recurso.
- Quién demanda: ASOCIART ART SA -SENT.ACCIDENTE Y/O ENFERMEDAD TRABAJO-
¿A quién se demanda?
Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Revocatoria in extremis por denegación del recurso de inconstitucionalidad, por considerar que el recurso fue presentado en término y que el plazo sería de diez días, no de tres.
¿Qué se resolvió?
La Corte rechaza la revocatoria in extremis y confirma que el plazo para presentar la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad contra resoluciones emanadas de tribunales con asiento en Rosario es de tres días, de acuerdo con la interpretación armónica del artículo 8 de la ley 7055 y el artículo 356 del Código Procesal Civil y Comercial.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Corte señala que los fallos y resoluciones no son susceptibles de recursos de nulidad o revocatoria salvo error patente, y que en este caso el recurrente yerra en su argumentación, ya que la jurisprudencia claramente establece que "en el caso de quejas por denegación de recursos de inconstitucionalidad contra resoluciones de tribunales en Rosario, el plazo es de tres días." Además, aclara que la modificación del sistema digital no altera este criterio. Cita textual: "en el caso de quejas por denegación de recursos... el plazo para su interposición es de tres días."
- Votos: No se registran votos disidentes relevantes.
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