M., M. V. s/HOMICIDIO AGRAVADO POR USO DE ARMA DE FUEGO EN CONCURSO REAL CON HOMICIDIO EN GRADO DE TENTATIVA AGRAVADO POR EL USO DE ARMA DE FUEGO
La Cámara de Rosario confirmó la sentencia que impuso a M. V. M. una pena de 7 años y 2 meses de prisión por homicidio agravado y tentativa agravada con armas de fuego. Los jueces consideraron justificada la pena en función de la gravedad del delito y los antecedentes del imputado.
- Quién demanda: La Fiscalía, a través del recurso de apelación
¿A quién se demanda?
La sentencia N° 380 dictada por el Juzgado de Menores de Villa Constitución
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La modificación de la pena impuesta, solicitando una pena menor o la absolución del imputado
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia en todos sus términos
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La sentencia apelada impuso una pena de 7 años y 2 meses de prisión de cumplimiento efectivo, considerando la gravedad de los delitos, los hechos en concurso real, la utilización de armas de fuego y la afectación a dos personas, una de ellas víctima mortal. Los jueces destacaron que el análisis de la pena se ajustó a los parámetros del artículo 4 de la Ley 22278 y las reglas internacionales de protección de menores, en particular las Reglas de Beijing y Tokyo, resaltando la proporcionalidad y la gravedad de los hechos. La defensa solicitó la absolución o una pena menor argumentando la juventud del imputado, su arrepentimiento y la falta de un abordaje social adecuado, pero la Cámara sostuvo que los agravios no justificaban alterar la decisión del tribunal de primera instancia, ya que la pena fue considerada justa y proporcional a la gravedad de los delitos. Además, se resaltó que la pena impuesta respeta los principios de razonabilidad y proporcionalidad, y que los esfuerzos del imputado en su proceso de reinserción socio-laboral no modifican la gravedad de los hechos.
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