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POCHETTINO, MARIA VICTORINA c/ PROVINCIA DE SANTA FE -DAÑOS Y PERJUICIOS-RECURSO DIRECTO- s/ RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD

El Tribunal Superior de Santa Fe declaró improcedente el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por la Provincia de Santa Fe contra una sentencia que rechazó su responsabilidad por daños derivados de una inundación en 2003. La decisión se fundamentó en la razonabilidad de la valoración probatoria y la correcta aplicación del régimen legal provincial.

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¿Quién es el actor?

María Victorina Pochettino

¿A quién se demanda?

Provincia de Santa Fe

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Responsabilidad por daños y perjuicios causados por la inundación de 2003, incluyendo daños patrimoniales y extrapatrimoniales.

¿Qué se resolvió?

La Corte Suprema de Santa Fe declaró improcedente el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por la Provincia, confirmando la validez del fallo de la Cámara que rechazó la impugnación y ratificó la responsabilidad del Estado en base a la valoración de la prueba y la normativa aplicable.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Corte analizó la admisibilidad del recurso, concluyendo que las cuestiones planteadas en la impugnación no involucraban la interpretación de preceptos constitucionales, sino cuestiones de hecho y valoración probatoria, que no son revisables en sede de inconstitucionalidad (votos del Dr. Netri y mayoría). La sentencia de grado fue considerada motivada y razonable en la valoración de la prueba y en la aplicación del régimen legal provincial, específicamente la ley 12183 y sus modificaciones, en atención a que la perjudicada rechazó la ayuda económica extraordinaria y no se configuró un apartamiento del texto legal ni de la doctrina legal. La Corte destacó además que las alegaciones relacionadas con la valoración de la causalidad, los factores naturales y concausales, y la aplicación del régimen legal específico, no constituían motivos constitucionalmente relevantes para modificar la decisión. La mayoría de los ministros coincidieron en que el recurso de inconstitucionalidad no cumplía con los requisitos de fundamentación y que la resolución impugnada no presentaba vicios que ameritaran su revisión. Se rechazó también la alegación de arbitrariedad por parte de la Cámara en la valoración de las pruebas y en la imposición de costas, dado que las argumentaciones no lograron evidenciar un error constitucional. Como resultado final, la Corte declaró la improcedencia del recurso de inconstitucionalidad, confirmando la constitucionalidad y razonabilidad de la sentencia de grado.
- Votos disidentes: No se registran votos disidentes relevantes.

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