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BIANCHI, ANTONIO c/ PROVINCIA DE SANTA FE s/ DAÑOS Y PERJUICIOS

La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Santa Fe declaró parcialmente procedente el recurso de apelación y casó la sentencia de primera instancia. La decisión se fundamentó en la insuficiente fundamentación y valoración probatoria del fallo anterior, particularmente respecto a la relación causal y responsabilidad del Estado en las inundaciones de 2003.

Responsabilidad civil Causalidad Responsabilidad del estado Valoracion probatoria Danos por inundacion Responsabilidad por omision Responsabilidad proporcional Recurso de apelacion. Concausas Responsabilidad en casos de desastre

¿Qué se resolvió en el fallo?

El actor, Antonio Bianchi, demandó a la Provincia de Santa Fe reclamando $100.000 por daños ocasionados por inundación en su propiedad en 2003, alegando negligencia estatal en las omisiones en obras de defensa y alerta temprana. La sentencia de primera instancia condenó al Estado a pagar la suma reclamada, considerando la responsabilidad por falta de servicio y daños morales, basándose en la omisión de medidas preventivas y de protección. La Provincia apeló alegando inconstitucionalidad, responsabilidad exclusiva de causas naturales y fallos en la valoración probatoria, además de cuestionar el monto indemnizatorio y las costas. La Cámara de Apelaciones, tras analizar los agravios, concluyó que la sentencia de primera instancia carecía de fundamentación autónoma suficiente, remitiendo indebidamente a sentencias previas, muchas de ellas contradictorias en cuanto a la relación causal y responsabilidad atribuida al Estado. La Cámara advirtió que las valoraciones probatorias no fueron adecuadamente consideradas, particularmente las vinculadas a periciales hidráulicas y decisiones penales, y que la sentencia recurrida no tuvo en cuenta el carácter excepcional de la inundación, ni las concausas y elementos científicos que demostraban la previsibilidad del evento. Por ello, casó parcialmente la sentencia y ordenó reducir la responsabilidad del Estado en proporciones que deben ajustarse a las responsabilidades probadas, dejando sin efecto la condena total. Además, dispuso que las costas se distribuyan en un 50% para cada parte, en función del éxito relativo. La decisión fue adoptada por mayoría, considerando que la valoración probatoria y la fundamentación de la sentencia de primera instancia fueron arbitrarias y vulneraron derechos constitucionales y procesales del actor.

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