FARIAS, BLANCA AZUCENA c/ MUNICIPALIDAD DE CAÑADA DE GOMEZ s/ RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
La Cámara de lo Contencioso Administrativo N°2 de Rosario resolvió que corresponde incorporar en el haber de pensión de la actora los suplementos Riesgo y Tareas Peligrosas y Título, ordenando además el pago retroactivo de las diferencias de haberes desde el 14.11.16, con intereses y costas.
- Quién demanda: Blanca Azucena Farias
¿A quién se demanda?
Municipalidad de Cañada de Gómez
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajuste del haber de pensión incluyendo los suplementos "Riesgo y Tareas Peligrosas" y "Título", y pago de diferencias retroactivas desde el 14.11.16.
¿Qué se resolvió?
La Cámara declaró procedente el recurso y ordenó el cálculo y pago de los suplementos en el haber de pensión, incluyendo intereses y costas.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara analizó que el causante, Adam Mastri, durante su vida laboral realizó aportes sobre los suplementos "Riesgo y Tareas Peligrosas" y "Título", percibiéndolos en actividad, por lo que deben integrarse en el haber de pensión. Se afirmó que la ley vigente al momento del hecho generador y la jurisprudencia aplicable sustentan que los rubros que integren la remuneración y sean percibidos en forma habitual deben considerarse para el cálculo del haber previsional. La modificación normativa posterior, como la Ordenanza N° 9297/18, no puede afectar derechos adquiridos, y la incorporación de los suplementos debe hacerse con retroactividad hasta la fecha del reclamo, en este caso, 14.11.16. También se rechazó la alegación de la Municipalidad sobre razones presupuestarias y constitucionalidad, considerando que los derechos previsionales no pueden ser vulnerados por motivos presupuestarios. La sentencia incluye además la condena a pagar diferencias de haberes, intereses y costas, y la regulación de honorarios se difiere hasta la liquidación definitiva.
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