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ZABALETA, INDIANA DEL VALLE c/ PROVINCIA DE SANTA FE -RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD

La Corte Suprema de Santa Fe rechazó la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad contra una sentencia que anuló sanciones administrativas por infracción ambiental. La mayoría sostuvo que la resolución estaba fundada en interpretación razonada del derecho vigente, mientras que en disidencia, el ministro Falistocco consideró que la queja debía ser admitida por su fundamentación sólida y la posibilidad de hipótesis de inconstitucionalidad.

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- Quien demanda (Actor): La Provincia de Santa Fe, en su carácter de parte recurrente. Demandado: Indiana del Valle Zabale ta, en su calidad de sancionada en el expediente administrativo. Objeto: La declaración de inconstitucionalidad de la sentencia que anuló las sanciones administrativas por infracción a normas ambientales, y la autorización para que se revoque o modifique esa decisión. Decisión: La Corte Suprema de Santa Fe rechazó la queja por no constatarse la arbitrariedad o violaciones constitucionales en la resolución impugnada. La mayoría consideró que los fundamentos del fallo atacado estaban debidamente motivados, basados en una interpretación razonable del derecho vigente y en análisis lógico y probatorio suficiente. La disidencia afirmó que la queja presentaba argumentos serios y que debía admitirse, pues existían hipótesis de inconstitucionalidad que no fueron adecuadamente consideradas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La mayoría argumentó que los agravios de la Provincia se basaban en discrepancias interpretativas sobre las normas ambientales y sobre la valoración de pruebas, que corresponden a la valoración judicial y no pueden ser revisadas en esta vía. Además, sostuvo que no existían vicios de arbitrariedad ni omisiones que vulneren garantías constitucionales, ya que la sentencia realizó un razonamiento fundado, lógico y ajustado a derecho, con análisis exhaustivo de las constancias y del marco normativo aplicable. La disidencia resaltó que la fundamentación del fallo, aunque fundada, contenía hipótesis de inconstitucionalidad que ameritaban su admisión, dado que las cuestiones planteadas tenían potencial de afectar garantías constitucionales y la interpretación de normas constitucionales y legales pertinentes.

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