M., I. D. c/ A., H. N. s/ FILIACION
La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Santa Fe rechazó la apelación de la parte demandada y confirmó la sentencia que declaró la filiación extramatrimonial basada en la posesión de estado y la prueba genética. La sentencia valoró la prueba pericial, testimonial y fotográfica en favor de la actora.
- Quién demanda: I. D. M.
¿A quién se demanda?
H. N. A. (fallecido)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reconocimiento de filiación filial de la actora respecto del fallecido H. N. A.
¿Qué se resolvió?
La Cámara rechazó el recurso de apelación y confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda, fundamentando que la posesión de estado y la prueba genética no excluyen el vínculo y que las pruebas fotográficas y testimonial brindan certeza sobre la relación filial.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La prueba genética, aunque no alcanza certeza del 99,99%, no excluye el vínculo y debe valorarse junto a otros elementos probatorios. La posesión de estado constituye un reconocimiento expreso, que en este caso fue acreditada por la conducta de las partes y las pruebas documentales y fotográficas. La valoración de la prueba pericial, testimonial y fotográfica fue adecuada y suficiente. La conducta procesal de la demandada, que negó los hechos sin ofrecer una versión alternativa ni explicar su posición, fue considerada como un factor que refuerza la decisión. La sentencia de grado no fue modificada, y la prueba no fue desvirtuada por los agravios de la demandada. La prueba genética no fue considerada definitiva, pero la valoración conjunta de las pruebas favorece la declaración de filiación. La negativa de la demandada a ofrecer una explicación razonada y la falta de contradicción en las pruebas documentales y fotográficas refuerzan la decisión. La prueba de ADN, realizada con muestras de familiares y no del fallecido, arrojó un índice probabilístico de compatibilidad que, sumado a otros elementos, permite presumir la filiación.
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