CASTELLANO, MARTIN c/ PROVINCIA DE SANTA FE s/ RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
La Corte Suprema de Santa Fe declaró la inadmisibilidad y procedencia del recurso contencioso administrativo interpuesto por Martín Castellano contra la sanción de 30 días de suspensión sin goce de sueldo dictada por el Tribunal de Disciplina del Ministerio Público de la Acusación. La decisión se fundamentó en que el recurso no cumple con los requisitos legales y que las irregularidades alegadas no constituyen vicios que justifiquen su nulidad.
- Quién demanda: Martín Castellano
¿A quién se demanda?
Provincia de Santa Fe
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Nulidad de la resolución n° 14/22 del Tribunal de Disciplina, que impuso una suspensión de 30 días sin goce de sueldo, y el pago de salarios caídos con intereses y costas.
¿Qué se resolvió?
La Corte declaró la inadmisibilidad del recurso, confirmando la validez de la sanción disciplinaria. La sentencia argumentó que el acto impugnado está motivado y fundado en antecedentes de hecho y de derecho, y que no existen vicios que afecten su legitimidad. Además, se rechazaron los agravios relacionados con la caducidad del procedimiento, la imparcialidad del órgano sancionador, la revelación de testigos de identidad reservada, y la motivación del acto. La Corte concluyó que no hubo arbitrariedad ni vicio en el proceso, y que las decisiones adoptadas se ajustan a la normativa vigente.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El análisis de las actuaciones revela que el trámite disciplinario se realizó en tiempo razonable y conforme a las normas aplicables, sin que exista indicio de arbitrariedad o dilación indebida. La intervención del Senador Traferri no afectó la imparcialidad del órgano sancionador, ya que se excusó y no participó en la decisión. La motivación del acto sancionatorio fue suficiente y fundada en antecedentes concretos y fundamentados en la causa, sin que se adviertan vicios o irregularidades que invaliden la resolución. Los argumentos sobre la caducidad del proceso, la vulneración de derechos procesales o la supuesta manipulación de la causa no logran desvirtuar la validez del acto administrativo. Por todo ello, corresponde rechazar el recurso y confirmar la sanción impuesta."
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