RODRIGO, FERNANDO MARTIN s/ PECULADO DE TRABAJOS Y SERVICIOS PUBLICOS EN CONCURSO IDEAL CON FALSEDAD IDEOLOGICA Y USO DE DOCUMENTO PUBLICO AGRAVADOS POR SU CALIDAD DE FUNCIONARIO PUBLICO
La Cámara de Apelaciones en lo Penal de Santa Fe confirmó la legalidad de las actuaciones y la competencia provincial en una causa por delitos de interceptación ilegal y otros, rechazando los agravios de la defensa y de la fiscalía. La resolución respeta el análisis de la prueba y la calificación jurídica adecuada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La causa versa sobre una investigación por delitos de peculado, falsedad ideológica, uso de documento público y interceptación ilegal, atribuida a Fernando Martín Rodrigo, quien fue fiscal provincial. La Cámara analizó los agravios de la defensa, que cuestionó la competencia, las calificaciones jurídicas, la legalidad de las investigaciones, la admisión de pruebas y las medidas alternativas propuestas, y también los planteos de la fiscalía sobre la pertinencia de las pruebas y la correcta calificación de los hechos. La Cámara concluyó que las actuaciones fueron procedentes, que la competencia provincial está fundada en la afectación a órganos de la provincia, y que las pruebas y calificaciones jurídicas son ajustadas a derecho. La resolución destacó que la investigación se llevó en el marco legal y que las cuestiones planteadas por la defensa no lograron desvirtuar la fundamentación del juez de primera instancia.
Fundamentos principales de la decisión:
- La causa involucra conductas que superan un conflicto interpersonal, afectando bienes jurídicos de la administración pública provincial, y que justifican la competencia provincial.
- La investigación fue realizada conforme a las normas legales, sin irregularidades sustanciales, y las pruebas recabadas son pertinentes y válidas.
- La calificación jurídica del art. 153 del CP en su forma agravada es adecuada, y no se configuró un delito de peculado, sino interceptación ilegal y falsedad, por lo que la imputación y la acusación son correctas.
- La recusación de la competencia federal fue desestimada, ya que la afectación no alcanza al interés nacional, sino a los poderes públicos de la provincia.
- Las medidas probatorias y las recusaciones presentadas por la defensa fueron adecuadamente valoradas y rechazadas, en atención a su pertinencia y formalidad.
- Los agravios sobre la invalidación de las investigaciones por irregularidades en la recolección de prueba y la legalidad de las mismas fueron considerados infundados.
- La solicitud de salidas alternativas (criterio de oportunidad y suspensión de juicio a prueba) fue rechazada por no ajustarse a la normativa y por la gravedad de los hechos.
- La resolución de primera instancia fue considerada fundada y ajustada a derecho, debiendo confirmarse en su totalidad.
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