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F., R. P. c/ R., G. J. Y OTRA s/ INCIDENTE AUMENTO CUOTA ALIMENTARIA

La Cámara de Rafaela confirmó la sentencia que rechazó hechos nuevos y limitó intereses a la cuota de noviembre de 2019 en un proceso por alimentos. Reiteró que no hubo mora imputable a la obligada subsidiaria y confirmó la falta de modificación de costas.

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¿Qué se resolvió en el fallo?


- La actora demandó por incumplimiento en cuotas alimentarias y cuestionó la valoración de hechos nuevos y la liquidación practicada.
- La demandada y la obligada subsidiaria negaron las acusaciones y aportaron prueba para respaldar su postura.
- La Cámara analizó la valoración probatoria, concluyó que las actividades laborales denunciadas ya eran conocidas y que no existía prueba de conducta fraudulenta.
- La sentencia de primera instancia rechazó el hecho nuevo, limitó intereses a la cuota de noviembre de 2019 y sostuvo que la mora no era imputable a la Sra. B.
- La Cámara confirmó que las dilaciones en el cobro no configuran mora del deudor principal ni de la subsidiaria, y que no corresponde aplicar intereses sobre cuotas posteriores a noviembre de 2019.
- Se rechazaron agravios sobre valoración de prueba y distribución de costas, ratificando la decisión de grado.
- La Cámara declaró desierto el recurso de nulidad por no haber sido fundado de forma autónoma ni contener vicios de nulidad.
- Se impusieron las costas del recurso ante la Alzada a la actora y se fijaron honorarios en el 50% de los regulados en primera instancia.

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