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S., V. C. c/ C., D. R. s/ DIVORCIO

La Cámara de Apelaciones revocó la resolución que declaró la caducidad de la instancia en un proceso de divorcio, considerando que existía interés procesal y voluntad de las partes, y ordenó la continuación del trámite, revocando la imposición de costas a la parte actora.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

El proceso judicial tiene como objeto principal la disolución del matrimonio entre V. C. S. y D. R. C. por divorcio. La jueza de primera instancia declaró la caducidad de la instancia, fundamentando en la falta de impulso procesal y en la existencia de un nuevo proceso de divorcio iniciado por la actora, con posterioridad a la denuncia de caducidad. La parte apelante argumentó que existía interés y voluntad de la actora en continuar, y que la denuncia de caducidad no reflejaba su verdadera intención. La Cámara analizó que la voluntad de la actora de proseguir con la demanda y su manifestación expresa de interés en un nuevo proceso de divorcio antes del auto de caducidad, demostraban que no había abandono del proceso. Se resaltó que la caducidad de instancia es un instituto de interpretación restrictiva y que, en este caso, las circunstancias y la voluntad manifiesta de las partes justificaban la continuidad del proceso. La Cámara concluyó que la declaración de caducidad fue errónea y ordenó la continuación del trámite, además de modificar las costas, que se cargarán a la parte demandada.

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