JAIME, JUAN JOSE c/ PRODUCTORES DE FRUTAS ARGENTINAS COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA s/ ACCIDENTE Y/O ENFERMEDAD DEL TRABAJO
La Cámara de Apelación en lo Civil, Comercial y Laboral de Santa Fe confirmó la sentencia de primera instancia que condenó a la aseguradora a abonar prestaciones por accidente laboral y rechazó los agravios respecto a la valoración de la prueba pericial médica. La resolución sostiene que la pericia es seria, fundada científicamente y que la relación causal laboral está acreditada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora, Juan José Jaime, demanda a Productores de Frutas Argentinas Cooperativa de Seguros Ltda. (Profu ART) por daños derivados de un accidente laboral que generó secuelas en su muñeca izquierda. La sentencia de primera instancia, dictada el 03/03/2023, hizo lugar a la demanda y condenó a la aseguradora a pagar las prestaciones previstas en las leyes 24.557 y 26.773, además de intereses y costas. La sentencia se fundamentó en la prueba pericial médica, que acreditó la existencia de secuelas y la relación causal con el trabajo, y en la inexistencia de patologías previas. La demandada apeló, cuestionando la valoración de la prueba pericial. La Cámara rechazó los agravios, señalando que la valoración de la prueba es una prerrogativa del juez y que la pericia fue razonada, científica y suficiente para sostener la decisión. La Cámara consideró que la argumentación de la apelante carecía de sustento técnico y que la valoración de la prueba pericial se ajustó a derecho. Se confirmó la condena y se impusieron las costas a la demandada.
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