NUÑEZ, ALAN FEDERICO Y ROMERO, RODRIGO SEBASTIAN s/ HOMICIDIO DOBLEMENTE AGRAVADO -POR EMPLEO DE ARMA DE FUEGO Y CON LA INTERVENCION DE UN MENOR DE EDAD
La Cámara de Rosario confirmó la condena por homicidio doblemente agravado y revocó la absolución por portación ilegal de arma de fuego de guerra, estableciendo la responsabilidad de Núñez y Romero como coautores en concurso real con ese delito. La decisión sostiene que las pruebas acreditan participación activa y conocimiento de los imputados, rechazando las alegaciones defensivas y confirmando las penas de 22 y 17 años de prisión, respectivamente.
- Quién demanda: El Ministerio Público y las defensas de Núñez y Romero.
¿A quién se demanda?
A Alan Federico Núñez y Rodrigo Sebastián Romero.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Se cuestiona la sentencia en relación a la calificación del delito, participación de los acusados, agravantes por la intervención de un menor y la absolución por portación de arma de guerra.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirma la condena de 22 y 17 años por homicidio doblemente agravado, revoca la absolución por portación de arma, y mantiene la unificación de penas.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La sentencia se fundamenta en la prueba testimonial, balística, interceptaciones telefónicas y antecedentes penales que demuestran la participación activa de los imputados en el hecho, el conocimiento de la presencia del menor, y que la conducta fue en bloque, en un espacio reducido, con modalidad de ejecución y uso de arma de fuego de guerra. Se rechazan las alegaciones de desconocimiento de la minoría, errores en la calificación legal, y la supuesta inexistencia de concurso real, considerando que las conductas de portación y homicidio son hechos escindibles en el tiempo y espacio, y que la participación de Romero y Núñez fue en bloque, en una empresa criminal. La pena se ajusta a la gravedad del hecho y la culpabilidad, sin que la unificación de condenas sea irrazonable.
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