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NUÑEZ, ALAN FEDERICO Y ROMERO, RODRIGO SEBASTIAN s/ HOMICIDIO DOBLEMENTE AGRAVADO -POR EMPLEO DE ARMA DE FUEGO Y CON LA INTERVENCION DE UN MENOR DE EDAD

La Cámara de Rosario confirmó la condena por homicidio doblemente agravado y revocó la absolución por portación ilegal de arma de fuego de guerra, estableciendo la responsabilidad de Núñez y Romero como coautores en concurso real con ese delito. La decisión sostiene que las pruebas acreditan participación activa y conocimiento de los imputados, rechazando las alegaciones defensivas y confirmando las penas de 22 y 17 años de prisión, respectivamente.

Recurso de apelacion Coautoria Homicidio agravado Portacion ilegal de arma Participacion de menor Concurso real de leyes Participacion en bloque Uso de arma de fuego de guerra Testigos protegidos Penas de 22 y 17 anos


- Quién demanda: El Ministerio Público y las defensas de Núñez y Romero.

¿A quién se demanda?

A Alan Federico Núñez y Rodrigo Sebastián Romero.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Se cuestiona la sentencia en relación a la calificación del delito, participación de los acusados, agravantes por la intervención de un menor y la absolución por portación de arma de guerra.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirma la condena de 22 y 17 años por homicidio doblemente agravado, revoca la absolución por portación de arma, y mantiene la unificación de penas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La sentencia se fundamenta en la prueba testimonial, balística, interceptaciones telefónicas y antecedentes penales que demuestran la participación activa de los imputados en el hecho, el conocimiento de la presencia del menor, y que la conducta fue en bloque, en un espacio reducido, con modalidad de ejecución y uso de arma de fuego de guerra. Se rechazan las alegaciones de desconocimiento de la minoría, errores en la calificación legal, y la supuesta inexistencia de concurso real, considerando que las conductas de portación y homicidio son hechos escindibles en el tiempo y espacio, y que la participación de Romero y Núñez fue en bloque, en una empresa criminal. La pena se ajusta a la gravedad del hecho y la culpabilidad, sin que la unificación de condenas sea irrazonable.

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