CASTRO, RUTH JUDITH -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL RUTH, JUDITH CASTRO Y BARRIOS, GASTON DANIEL s/ HOMICIDIO AGRAVADO POR USO DE ARMA DE FUEGO EN GRADO DE TENTATIVA- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD
La Corte Suprema provincial rechazó la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad presentado por la defensa de Ruth Judith Castro contra una sentencia que ratificó su condena por homicidio agravado. El tribunal concluyó que el recurso no cumplía con los requisitos formales ni de fondo para su admisión.
- Quién demanda: Ruth Judith Castro, a través de su defensa técnica.
¿A quién se demanda?
la resolución del Colegio de Cámara de Apelación en lo Penal de la Segunda Circunscripción Judicial de la Provincia.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
la admisión y eventual revisión del recurso de inconstitucionalidad contra la decisión que confirmó su condena por homicidio agravado por uso de arma de fuego en grado de tentativa.
¿Qué se resolvió?
la Corte Suprema rechazó la queja por no cumplir con los requisitos de admisibilidad, señalando que el escrito no exponía claramente la relación entre la afectación constitucional y la causa, ni fundamentaba adecuadamente los agravios. Además, consideró que la quejosa no demostró que la resolución vulnerara garantías constitucionales de forma efectiva y que su disenso no alcanza a configurar un incumplimiento constitucional.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"la defensa se limita a insistir con su teoría del caso y a estimar la inaprovechabilidad de ciertos actos de la investigación, sin exponer los antecedentes por los cuales entiende que debió receptarse su agravio"; "el escrito inicial del remedio previsto en la ley 7055 no se basta a sí mismo y carece de adecuada motivación"; "la mera alusión a normas y principios de raigambre constitucional no determina por sí misma la admisión del recurso de inconstitucionalidad provincial, siendo necesaria la demostración de la vinculación directa e inmediata entre lo decidido y lo invocado"; "la quejosa no rebate idóneamente los motivos brindados por los Judicantes para explicar por qué correspondía convalidar la ponderación realizada por el Tribunal de juicio"; "la mera disconformidad con la valoración probatoria no configura vulneración constitucional". Asimismo, descartó la existencia de gravedad institucional, ya que no se acreditó que las cuestiones excedieran el interés individual ni afectaran de manera directa a la comunidad.
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