MOLINO VICTORIA S.A. s/ GOLOESTE S.A. s/ ORDINARIO
La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Santa Fe confirma la competencia del Juzgado de San Jorge en el proceso Molino Victoria SA c/ Goloeste SA, desestimando los agravios sobre la competencia territorial y rechazando la recurso de apelación de la demandada. La decisión se basa en que la pauta de demandabilidad invocada no fue suficientemente rebatida por la parte recurrente, y que la actividad probatoria avala la competencia del tribunal de origen, confirmando así la resolución de primera instancia.
Quién demanda: Molino Victoria SA (actora)
¿A quién se demanda?
Goloeste SA (demandada)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cuestión de competencia territorial para la resolución del proceso, relacionada con la entrega de harina y la jurisdicción competente.
¿Qué se resolvió?
La cámara confirmó la competencia del Juzgado de San Jorge, rechazando la apelación y declarando desierto el recurso de nulidad.
Fundamentos principales de la decisión:
- La competencia se determina por la naturaleza de las pretensiones y no por las defensas del demandado (cita Fallos 308:830 y otros).
- La invocación por parte de la accionante del lugar de cumplimiento de la obligación, en Ramos Mejía, Provincia de Buenos Aires, no fue controvertida por la demandada.
- La documentación probatoria, incluyendo facturas, demuestra que la acción se relaciona con el domicilio del comprador en Santa Fe.
- La demandada no logró demostrar que las facturas provienen de contratos de elaboración de harinas a fazón, ni que la obligación se cumplió en Entre Ríos.
- La pauta de demandabilidad invocada no fue rebatida en la instancia, por lo cual el tribunal mantiene la competencia del juzgado de origen.
- La apelación de la demandada fue rechazada, y el recurso de nulidad declarado desierto.
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