CORVALAN, RODOLFO EDUARDO c/ EXPERTA ART S.A. -SENTENCIA ACCIDENTE Y/O ENFERMEDAD TRABAJO- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (RECURSO EXTRAORDINARIO PARA ANTE LA C.S.J.N.)
La Corte Suprema de Santa Fe denegó el recurso extraordinario federal interpuesto por Experta ART contra una sentencia que confirmó la legalidad del cálculo de intereses en un caso de accidente laboral. La decisión se basó en la falta de crítica razonada y relación con el derecho federal invocado.
- Quién demanda: Experta ART
¿A quién se demanda?
Corte de Santa Fe
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La concesión del recurso extraordinario federal para revisar la sentencia que confirmó la tasa de interés aplicada en un reclamo laboral
¿Qué se resolvió?
La Corte denegó el recurso extraordinario por no cumplir con los requisitos de fundamentación y relación con el derecho federal
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Corte sostuvo que "el recurso deducido contra el decisorio de este Cuerpo registrado en A. y S. T. 331, págs. 241/244, no cumple con los recaudos establecidos en el artículo 3, incisos 'd' y 'e' del reglamento aprobado por la Acordada 4/2007 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación", ya que "no efectuar la impugnante una crítica razonada de la sentencia atacada", ni refutar las motivaciones del tribunal, ni demostrar una relación directa e inmediata entre las normas federales invocadas y lo debatido en el caso. La sentencia recordó que "la decisión impugnada es contraria al derecho federal aducido" y que "el análisis de las postulaciones respecto a la afectación del derecho de defensa y de propiedad, como así también de los principios de legalidad, congruencia y 'reformatio in peius', se advierte que carecen de idoneidad para operar la apertura de la instancia extraordinaria", dado que constituyen meras discrepancias con la resolución. Finalmente, la Corte concluyó que "los fundamentos brindados resultaban suficientes para satisfacer las exigencias de motivación del artículo 95 de la Constitución provincial" y que la interpretación de la tasa de interés, basada en precedentes jurisprudenciales, "no lucía desmarcada de la normativa aplicable". La Corte rechazó el recurso y confirmó la decisión de la instancia anterior, ordenando el rechazo del mismo y las costas.
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