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NIS, LIDIA Y OTRO c/ DIOMEDI, OMAR Y OTROS s/ DAÑOS Y PERJUICIOS

La Cámara de Rosario confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó la demanda por daños y perjuicios por intoxicación alimentaria, argumentando que no se acreditó la compra ni la relación causal del daño con el helado vencido.

Responsabilidad objetiva Costas Carga probatoria Nulidad Proceso civil Ley de defensa del consumidor Prueba indirecta Valoracion probatoria Prueba tecnica Danos por intoxicacion alimentaria


- Quién demanda: Lidia Nis, en representación de su hijo Alejandro Arias, y Mario Arias.

¿A quién se demanda?

Omar Osvaldo Diomedi, Norma Gago y/o quienes resulten responsables del supermercado "Arco Iris" y de la fábrica de helados "Bravi crem".

¿Cuál es el objeto del reclamo?

$102.650 por daños y perjuicios derivados de intoxicación alimentaria, incapacidad, daño moral y gastos médicos.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirma la sentencia que rechazó la demanda, por insuficiencia probatoria y falta de relación causal demostrada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La sentencia de primera instancia consideró que no se probó la compra del helado en el comercio demandado ni que el producto se encontraba en mal estado, ni que la intoxicación estuviera relacionada causalmente con el consumo del helado, en virtud de la insuficiencia de pruebas, como ticket de compra, análisis técnico del envase y pruebas médicas que acreditaran la relación causal. La apelación fue rechazada por la Sala, que valoró la prueba en forma razonable y ajustada a derecho, y rechazó la argumentación de la actora sobre cargas probatorias dinámicas, reiterando que la carga de probar el hecho dañoso corresponde a quien reclama.

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