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ORDOÑEZ, ALEJANDRO Y AGUILERA, GASTON ALAN -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL ORDOÑEZ, ALEJANDRO Y AGUILERA, GASTON ALAN s/ HOMICIDIO AGRAVADO POR LA UTILIZACION DE ARMA DE FUEGO EN GRADO DE TENTATIVA Y PORTACION DE ARMA DE FUEGO DE GUERRA- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (RECURSO EXTAORDINARIO PARA ANTE LA C.S.J.N.)

La Corte provincial denegó el recurso extraordinario contra la sentencia que confirmó la condena por homicidio agravado, argumentando que la queja no cumplía con los recaudos legales y que los agravios reiteraban cuestiones ya analizadas. La decisión se sustentó en la falta de fundamentación suficiente del recurso.

Recurso extraordinario Recurso de queja Inconstitucionalidad Requisitos formales Agravios Valoracion probatoria Denegacion Sentencia confirmada Principios constitucionales Corte provincial.


- Quién demanda: La defensa de los imputados Alejandro Ordoñez y Gastón Aguilera.

¿A quién se demanda?

La Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, en queja por denegación de recurso de inconstitucionalidad.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La habilitación del recurso extraordinario federal por considerar que la decisión de la Corte local fue arbitraria y vulneró derechos constitucionales, en particular en relación a valoración de la prueba y el encuadramiento jurídico.

¿Qué se resolvió?

La Corte provincial rechazó la queja por considerar que el recurso no cumplía con los requisitos formales y sustantivos para su admisibilidad, ya que era una reiteración de agravios ya analizados y no demostraba una afectación constitucional. La decisión se basa en que no se evidencian vicios que justifiquen la intervención de la Corte Suprema.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El recurso extraordinario federal de la presentante no cumple con los recaudos establecidos en el artículo 3, incisos 'd' y 'e' del reglamento aprobado por la acordada 4/2007 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación." "Tampoco demuestra que medie una relación directa e inmediata entre las normas aludidas y lo debatido y resuelto en el caso, ni que la decisión impugnada sea contraria al derecho invocado." "La recurrente invoca que la respuesta jurisdiccional se apartó de precedentes nacionales, pero esas afirmaciones solo reiteran agravios ya analizados en la instancia anterior, sin aportar fundamento idóneo para habilitar la vía federal." "Se concluye que la queja no cumple con los requisitos de admisibilidad establecidos por la normativa vigente, por lo que procede su rechazo." La Corte remarca que "las alegaciones defensivas contra lo resuelto por la Cámara no tenían el ropaje constitucional pretendido" y que "las cuestiones planteadas ya fueron suficientemente abordadas y rechazadas".

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