Logo

VICENTIN PARAGUAY S.A. c/ VICENTIN S.A.I.C. -RECURSO DE REVISION- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD

La Corte provincial rechazó la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad promovido por la Administración Provincial de Impuestos contra una resolución de la Cámara de Reconquista. La decisión se fundamentó en que la impugnación se basa en discrepancias interpretativas y cuestiones fácticas propias de los jueces de la causa, no de esta Corte.

Arbitrariedad Recurso de queja Interpretacion normativa Inconstitucionalidad Derechos constitucionales Tasa de justicia Proceso judicial Jurisdiccion Corte provincial Revision concursal

¿Qué se resolvió en el fallo?

Quién demanda (Actor): Administración Provincial de Impuestos (API). A quién se demanda (Demandado): Tribunal de Reconquista y, en última instancia, la norma que interpretan. Qué se reclama (Objeto de la demanda): Que se declare la inconstitucionalidad de la resolución judicial que confirmó la determinación de la tasa de justicia en un proceso de revisión concursal, y que se revoque la decisión que denegó el recurso de inconstitucionalidad. Qué se resolvió (Decisión del tribunal): La Corte rechazó la queja por considerar que la quejosa no logró demostrar una vulneración concreta de derechos constitucionales, y que las cuestiones planteadas corresponden a interpretaciones de normas y hechos propios de los jueces de la causa, no susceptibles de revisión por esta vía. Fundamentos principales de la decisión:
- La Corte recordó que la arbitrariedad es de carácter excepcional y sólo admite vicios de gravedad extrema, que impidan considerar un fallo como fundado en ley.
- Se afirmó que la alegación de vulneración de derechos constitucionales no fue acompañada de una descripción concreta de cómo se produjeron dichas vulneraciones en la sentencia atacada.
- La Corte sostuvo que las cuestiones de interpretación normativa y valoración de hechos son propias de los jueces de la causa y no corresponden a su competencia en esta vía.
- Se resaltó que la denominación de “recurso de revisión” en la ley concursal no implica que sea un proceso autónomo, sino una incidencia en el proceso principal, que no puede considerarse un juicio independiente sujeto a tasas, salvo en los casos expresamente previstos.
- La decisión también enfatizó que la discrepancia del recurrente con la interpretación judicial no constituye una arbitrariedad ni vulneración constitucional, sino una cuestión de valoración jurídica que corresponde resolver a los jueces de la causa.
- Finalmente, se concluyó que la queja no prospera, pues la impugnación se basa en meras disidencias y no en una vulneración concreta de derechos constitucionales.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar