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ASOCIACION MUTUAL DEL PERSONAL JERARQUICO DE BANCOS OFICIALES NACIONALES c/ SOTELO, ALICIA BEATRIZ s/ JUICIO EJECUTIVO

La Cámara de Apelaciones en lo Civil de Santa Fe anuló la excusación de la jueza de primera instancia basada en violencia moral y ordenó la continuación del trámite del proceso. La decisión se fundamentó en la interpretación restrictiva del instituto y en la pérdida de sustento de la excusación por jubilación del profesional involucrado.

Derechos procesales Excusacion judicial Reenvio de causa Continuidad del proceso Jurisprudencia santa fe Recurso de apelacion civil Violencia moral en la justicia Impugnacion de decision judicial Inmunidad del juez natural Anulacion de excusacion


- Quién demanda: La parte actora en la causa "Asociación Mutual del Personal Jerárquico de Banco Oficiales Nacionales"

¿A quién se demanda?

Alicia Sotelo (ejecutada)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La declaración de nulidad de la excusación de la jueza de primera instancia por violencia moral y el reenvío del expediente para que continúe el trámite judicial.

¿Qué se resolvió?

La Cámara de Apelaciones anuló la excusación y ordenó que el proceso continúe en el juzgado de ejecución civil.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El instituto de la excusación requiere una interpretación restrictiva, y en el caso no se acreditó participación efectiva del profesional involucrado en los hechos que motivaron la excusación, además de que la jubilación del mismo y la ausencia de hechos concretos que justifiquen la violencia moral hacen que la excusación carezca de sustento. La jurisprudencia provincial y nacional enfatiza que la excusación por violencia moral debe ser considerada con especial cautela, limitándose a circunstancias objetivas y probadas, y no a meras sospechas o situaciones abstractas." "Asimismo, la Corte provincial ha señalado que la excusación por razones de decoro y delicadeza debe ser analizada con cuidado, y que la demora significativa en el proceso y la falta de elementos objetivos que justifiquen la exclusión del juez impiden aceptar la causa alegada por la magistrada." "Por ello, la decisión de la jueza de primera instancia fue considerada arbitraria y vulneró el derecho a la defensa y al juez natural, por lo que corresponde dejar sin efecto la excusación y ordenar la continuación del proceso."

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