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M., O. R. -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL M., O. R. s/ ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL AGRAVADO POR SER COMETIDO CONTRA UN MENOR DE 18 AÑOS DE EDAD, APROVECHANDO LA SITUACION DE CONVIVENCIA- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (RECURSO EXTRAORDINARIO PARA ANTE LA C.S.J.N.)

La Corte provincial denegó el recurso extraordinario contra la sentencia que confirmó la condena por abuso sexual agravado contra un menor, argumentando que la impugnación no cumplía con los requisitos formales y que no se demostraba la existencia de un interés federal.

Actor: Defensa del imputado O. R. M. Demandado: Corte Suprema de Justicia de la Nación (recurso extraordinario) Objeto: Que se conceda el recurso extraordinario para revisar la decisión de la Corte local que rechazó el recurso de inconstitucionalidad y confirmó la condena por abuso sexual con agravantes, solicitando la revisión de la valoración probatoria y la aplicación del agravante de convivencia. Decisión: La Corte provincial denegó la concesión del recurso extraordinario, sosteniendo que la impugnación no cumplía con los requisitos de fundamentación y que no existía un interés federal suficiente para su aceptación.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El recurso deducido contra el acuerdo de este Tribunal registrado en A. y S. N° 138, T. 2024 (fs. 91/95) no cumple con los recaudos establecidos en el artículo 3 incisos 'd' y 'e' del reglamento aprobado por la acordada 4/2007 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, ya que la interesada no refuta todos y cada uno de los motivos independientes que dan sustento a la decisión en relación con las cuestiones federales planteadas". "Al cuestionar el fallo de esta Corte, la compareciente se limita a mencionar que se habría eludido el tratamiento de sus agravios y a reiterar los realizados en las distintas oportunidades recursivas. De ese modo, se advierte tan sólo un intento de imponer su propia postura en cuanto a la solución que correspondería dar al caso". "Al rechazar la impugnación directa esta Corte abordó sus planteos vinculados a la valoración probatoria, entendiendo que ellos emergían como una clara reiteración de los expresados al apelar horizontalmente la condena, los que habían sido examinados y descartados por el A quo con motivación suficiente". "La Corte concluyó que la motivación aportada para confirmar la condena en relación a los sucesos que tuvieran por víctima a G.N. y la pena determinada no lograba ser desmerecida por la quejosa, quien, en un intento de renovar el debate sobre el grado de convencimiento asignado a los medios de convicción producidos, a la subsunción jurídica de los sucesos y a la individualización de la pena, insistía con la solución que a su juicio correspondería al caso". "No se demuestra que la Cámara hubiera omitido analizar agravios o que su decisión careciera de fundamentación adecuada, ni que implicara una infracción constitucional que justifique la intervención de esta Corte".

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